La posible vulneración de derechos fundamentales de los trabajadores que son investigados por la entidad, como el derecho a la intimidad o al secreto de las comunicaciones, pone en tela de juicio la eficacia de estos programas.
Algunos espacios públicos presentan mayor riesgo de ser escenarios de un delito por la falta de concurrencia de personas y eso supone un agravante en una sentencia condenatoria. Es necesario un diseño urbano que considere este peligro.
Entró en vigor en 2015 y sigue generando debate. Gran parte de este debate se debe a su cuestionada compatibilidad con los principios de dignidad, humanidad y proporcionalidad de las penas.
A pesar de las alertas de los expertos, la violación de la intimidad a raíz del “sexting” se sigue produciendo entre adultos y adolescentes. Es delito y está penado. Solo la educación temprana y el respeto podrán con él.
La privación de libertad de manera provisional solo se justifica si hay riesgo de huida, para evitar la reiteración delictiva o la destrucción de pruebas. No ha de usarse ni como instrumento de coacción ni como pena adelantada.
Criminóloga y Jurista. Profesora asociada de legislación aplicada a la edificación EPSEB-UPC. Vicepresidenta de ACPIDA, Asociación Catalana para la Prevención del Delito a través del Diseño Ambiental., Universitat Politècnica de Catalunya - BarcelonaTech