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Cómo aumentar los fondos públicos sin subir los impuestos

Una crisis económica como la provocada por la covid-19 incrementa las necesidades de gasto público, sobre todo por el aumento en el gasto sanitario y de asistencia social. En España, ha tenido especial protagonismo en el gasto social el coste de mantenimiento de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) aplicados por el Estado ante el parón de la actividad económica a raíz de la pandemia.

En la subida del gasto público han jugado un papel esencial los fondos provenientes de la Unión Europea y sus relativamente laxas condiciones de devolución. Cuando la UE restablezca el deber de cumplimiento de los objetivos de déficit como requisito para acceder a sus fondos, España deberá afrontar el gran incremento que ha experimentado su deuda en el último año.

Derecho y Administración pública

El Derecho financiero regula la disciplina de los ingresos y gastos públicos, y lo hace conforme a los dictados de la Constitución, que define los parámetros de actuación de cada una de sus ramas.

De un lado, nos encontramos con el Derecho presupuestario: las previsiones de gasto deben quedar reflejadas en su correspondiente presupuesto, que se aprueba a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Además, se contemplan instrumentos específicos para asumir los gastos extraordinarios.

Desde la perspectiva de los ingresos que deben cubrir esos gastos públicos nos encontramos otras tres ramas del Derecho financiero:

  1. Derecho tributario.

  2. Derecho patrimonial público o Derecho financiero patrimonial.

  3. Derecho del crédito público o Derecho de la deuda pública.

El principal instrumento (y aparentemente el más fácil de aplicar para afrontar la necesidad de mayores ingresos públicos) es el Derecho tributario. Con su aplicación se crean nuevos tributos o se incrementan los tipos de gravamen de los ya existentes.

Parece improbable que, para atender el aumento del déficit público, España no tenga que recurrir a esta vía. Pero tampoco se pueden volcar todos los esfuerzos en ella porque el incremento de los impuestos no sólo no hace más ricos a los países, sino que los empobrece.

Los impuestos no atraen inversiones ni capitales

La existencia de un impuesto que no haya en otros Estados disuade a los inversores extranjeros pero también a la permanencia de capitales nacionales. Un ejemplo de este tipo de impuestos sería el impuesto sobre el patrimonio que, desde ciertas instancias, se quiere revitalizar. El mantenimiento de este tributo hace que España sea prácticamente el único Estado en la UE que realmente sigue gravando el patrimonio global de las personas físicas (y con grandes diferencias en su aplicación entre Comunidades Autónomas).

De hecho, en Europa la tendencia ha sido hacia la eliminación de este gravamen. El antiguo impuesto francés sobre las grandes fortunas, similar al impuesto patrimonial español, fue reconvertido a principios de 2019 en un impuesto sobre el patrimonio inmobiliario.

El caso es que un impuesto de este tipo disuade a los inversores extranjeros y ahuyenta a contribuyentes y capitales nacionales. Esto supone menos pagadores de impuestos y, al final, menos fondos para afrontar los gastos públicos.

Los impuestos, mejor justos y progresivos

Recurrir a los impuestos indirectos y aplicar tributos que afectan por igual a toda la población, sin diferenciar según capacidades individuales (como sí hace el IRPF), hace que el sistema tributario sea menos progresivo y menos justo, cuando la Constitución consagra esa progresividad (art. 31).

Además, un incremento de impuestos puede poner en peligro el respeto de la prohibición constitucional a la confiscatoriedad (art. 31) y el respeto del derecho a la propiedad privada (art. 33).

Un precedente europeo: en una sentencia de 1995, el Tribunal Constitucional alemán declaró inconstitucional el impuesto sobre el patrimonio porque, sumado al impuesto sobre la renta, producía un gravamen que superaba el 50 % de los ingresos de los ciudadanos alemanes, incurriendo en confiscatoriedad y violando así el derecho fundamental a la propiedad privada.

Evitar el fraude y la evasión

Se debe fortalecer la lucha contra el fraude. Ya hemos escrito sobre la nueva Ley de lucha contra el fraude fiscal, Ley 11/2021, de 9 de julio. Con su cumplimiento, aplicando los mismos impuestos entrarían mayores ingresos pues habría menos sujetos dejando de pagar lo que les corresponde.

Por otra parte, se debe intentar gestionar mejor los recursos patrimoniales de los entes públicos, para obtener ingresos que hasta ahora se han despreciado.

Eliminar el despilfarro en las Administraciones

El gasto público se controla tanto de modo interno, a través de los interventores de las distintas Administraciones públicas, como de modo externo, como por ejemplo a través del Tribunal de Cuentas o los órganos de control externo de las Comunidades Autónomas.

Además, se podrían articular controles de oportunidad (esto es, la posibilidad de valorar diversas alternativas con un margen de apreciación discrecional) y reducir los gastos no imprescindibles con un objetivo real de ahorro y no como simple control formal del gasto.

Para ello, los responsables de las distintas unidades de gasto de los organismos públicos deberían ser obligados (o incentivados) a autoevaluar los gastos que vienen realizando, para eliminar aquellos no imprescindibles, de forma que se vaya dando una reducción en simultáneo entre los organismos públicos.

Optimizar el uso de los recursos del Estado

Quienes trabajamos en la Administración pública podemos reconocer dónde y cómo ahorrar en nuestra área de acción. Muchos pequeños ahorros convertidos en un ahorro público global permitirían liberar una parte de los fondos ya recaudados. Esto haría menos necesaria, o al menos limitaría, la subida de tributos y liberaría fondos para gasto sanitario o social.

Antes que subir los impuestos es mejor optimizar los recursos, evitando el fraude de algunos contribuyentes y el despilfarro dentro de las Administraciones. De este modo, se protege la creación de riqueza al propiciar la llegada de inversión extranjera y el mantenimiento de los capitales nacionales.

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