Con el fin del estado de alarma, las comunidades autónomas carecen de cobertura constitucional y legal para limitar los derechos fundamentales y, así, este tipo de medidas han quedado sujetas a la autorización de los Tribunales Superiores de Justicia autonómicos.
Si bien es cierto que en un Estado social prevalece el interés general, siempre lo ha de hacer de forma ponderada, eligiendo la opción menos gravosa para todos.
El proceso mediático contra el exmarido de Rocío Carrasco nos debe hacer reflexionar sobre la necesidad de garantizar en todo caso la presunción de inocencia y el respeto a las garantías constitucionales.
La ley de regulación de la eutanasia establece factores como los requisitos, los profesionales implicados y los plazos. Sin embargo, seguirán existiendo incertidumbres y críticas a su aplicación.
El Tribunal Constitucional de España avala las sanciones a las manifestaciones que se realicen frente a las sedes de los órganos legislativos. Argumenta para ello su valor institucional y la importancia de su normal funcionamiento.
La educación constitucional en las aulas es necesaria, aunque casi inexistente. Pocos centros educativos dedican tiempo a explicar la norma fundamental, con lo que el alumnado desconoce cuáles son sus derechos y deberes. Precisamente la mejor forma de defenderla es conocerla.
Asturias ha sido la primera comunidad en solicitar la imposición del confinamiento domiciliario, pero la actual norma no prevé esta medida y, por tanto, ninguna Comunidad Autónoma podría acordarlo amparándose en el estado de alarma.
El toque de queda limitado a unas horas se plantea con el objetivo de impedir reuniones tras el cierre de lugares de ocio nocturno y para salvar la actividad económica y social propia de las fiestas navideñas.
La vigilancia a los trabajadores a través de la tecnología vulnera sus derechos. Por eso es obligatorio hacerles saber, y que autoricen, ese control. Solo puede ser secreto en circunstancias excepcionales.
Es muy probable que el término “alarma” se asocie en la sociedad a una mayor gravedad, y no a una precisa cobertura constitucional, que es lo que ocurre en este caso.
La capital de España y otras ocho ciudades de la Comunidad de Madrid vuelven a estar en estado de alarma. El decreto del Gobierno aplica por esta vía las medidas de contención de la pandemia de COVID-19 que fueron anuladas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid la víspera. Desmenuzamos sus implicaciones.
La denegación por parte del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de las restricciones de movilidad en diez municipios madrileños supone un jarro de agua fría a la estrategia del Gobierno central en la lucha contra la COVID-19.
En su acuerdo de diciembre de 2019, la coalición PSOE-Podemos se comprometió a derogar la reforma laboral del gobierno de Rajoy (2012). La pandemia ha alterado los tiempos pero la propuesta está en marcha.
Que la eutanasia forme parte de la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y se financie, por tanto, con dinero público, incluidos los supuestos en los que se practique en el domicilio de la persona, es la premisa necesaria para articularla como auténtica garantía prestacional y no un mero derecho de libertad.
Se puede cuestionar la Monarquía, pero también cabe defender que, desde 1978 hasta hoy, esta institución no ha sido obstáculo para políticas democráticas o progresistas.
El rey emérito puede ser juzgado por actos privados cometidos antes, durante y después de ejercer como jefe del Estado. Haría falta un desarrollo legislativo para redefinir su inviolabilidad.
El objetivo de los impuestos especiales no es recaudatorio. Si la carga económica ha disuadido al ciudadano del consumo, la recaudación será muy baja y la aplicación del tributo habrá sido un éxito.
Un uso apropiado del lenguaje puede ayudar a no alimentar la incertidumbre social provocada por la pandemia y evitar la desinformación y las noticias falsas.
Las administraciones públicas no tienen por qué colocar pancartas o banderas en sus edificios el 28 de junio, Día del Orgullo Gay, pero si lo hacen estarán actuando de plena conformidad con el ordenamiento nacional e internacional vigente.