tag:theconversation.com,2011:/us/topics/derechos-61313/articlesderechos – The Conversation2021-10-03T19:58:39Ztag:theconversation.com,2011:article/1687602021-10-03T19:58:39Z2021-10-03T19:58:39Z¿Nos hace menos libres el pasaporte covid?<figure><img src="https://images.theconversation.com/files/423980/original/file-20210930-18-7f8m9m.jpg?ixlib=rb-1.1.0&rect=0%2C25%2C5559%2C3667&q=45&auto=format&w=496&fit=clip" /><figcaption><span class="caption">
</span> <span class="attribution"><a class="source" href="https://www.shutterstock.com/es/image-photo/smartphone-displaying-valid-digital-green-passport-1960336966">Shutterstock / Robert Avgustin</a></span></figcaption></figure><p>Las autoridades de un colegio de Granada <a href="https://www.ideal.es/granada/segundo-intento-fallido-20210927163132-nt.html">niegan la entrada a una niña</a> cuyos padres no querían que usara mascarilla. Le ofrecen clases telemáticas. </p>
<p><a href="https://as.com/baloncesto/2021/09/25/nba/1632550554_214115.html">Andrew Wiggins</a>, jugador de Golden State Warrios, no está vacunado y su equipo muestra su preocupación por que no pueda jugar los partidos que se desarrollen en San Francisco, dado que las autoridades locales no permiten la entrada a recintos cerrados si no se está vacunado. </p>
<p>En <a href="https://www.bbc.com/news/world-europe-58581682">Francia</a>, la nueva normativa suspende la actividad profesional de tres mil trabajadores de la salud que no están vacunados. </p>
<p>Y así un largo etcétera.</p>
<p>Los intereses que chocan en estos casos son variados: la libertad del sujeto, la seguridad de control de la pandemia, el principio de igualdad de acceso a la vacunación, los intereses económicos del empleador…</p>
<p>En los casos que hemos señalado, el conflicto se produce entre la libertad del individuo a entrar en determinados espacios y los derechos a la sanidad, a la educación y al trabajo.</p>
<h2>¿Somos realmente libres?</h2>
<p>Nuestra libertad se ve afectada por el hecho de vivir en sociedad. Así, cuando cogemos un coche nos obligan a pararnos en semáforos, stops y cedas al paso (a veces, en pasos de cebra). ¿Por qué, si mi libertad no tiene que estar restringida por unas normas impuestas por un determinado gobierno?</p>
<p>La realidad es que mi libertad para deambular con un vehículo a motor depende de las restricciones del código de circulación. Esas restricciones me garantizan que no voy a encontrarme un vehículo fuera de mis expectativas. Si un conductor se las salta, consideramos normal que se le sancione y se restrinjan sus derechos. La sociedad en su conjunto lo acepta porque se trata de una situación de riesgo en una tecnología aceptada por la mayoría de la sociedad a pesar de su peligrosidad para la vida y el medio ambiente.</p>
<p>En el caso de la limitación de las libertades de movimiento o de trabajo por no estar vacunado, nos encontramos con un debate similar. La libertad de la persona a no vacunarse puede ser entendida por el miedo a los efectos secundarios. Y debe ser respetada en la media en que únicamente la persona va a sufrir los riesgos de no vacunarse. </p>
<p>Sin embargo, en una situación de pandemia como la que vivimos, la insumisión a adoptar ciertas medidas deja desprotegida a la colectividad. Ante eso, la sociedad no puede obligar a nadie a vacunarse. Pero sí tiene margen para <a href="https://www.nejm.org/doi/full/10.1056/NEJMp2104289">limitar la libertad </a>de determinados ciudadanos que son un potencial riesgo a los intereses colectivos. </p>
<p>Al fin y al cabo, no podemos admitir que la educación, la sanidad o las actividades económicas en recintos cerrados y con poca ventilación se vean limitados o puestos en peligro para una gran mayoría por individuos aislados. Más aún cuando los sujetos que se escudan en su libertad para no tomar medidas se benefician de los “riesgos” asumidos por la mayoría para que ellos sigan disfrutando de una sanidad, una educación y una mejora económica. </p>
<h2>Libertad, sí, pero también fraternidad</h2>
<p>Cuando la revolución francesa se despojó de la tiranía de los monarcas absolutos, estableció tres principios sobre los que sostener la sociedad: <a href="https://www.diplomatie.gouv.fr/es/venir-a-francia/conozca-francia/simbolos-de-la-republica/article/libertad-igualdad-fraternidad">libertad, igualdad y fraternidad</a>. Es esta última la que obliga a pensar en los intereses que benefician a la comunidad, estableciendo un equilibrio con la libertad. </p>
<p>No creo que limitar el acceso a determinados recintos sea una restricción que afecte al derecho a la libertad. De igual modo que su no limitación afecta al derecho a la sanidad, a la educación, a la posibilidad de tener el comercio abierto para poder trabajar y ganar un sueldo. </p>
<p>En el caso de una pandemia como la que sufrimos, y dado que el índice de vacunación permite pensar que estas limitaciones a la libertad van a durar relativamente poco tiempo, creo ponderado, apropiado y ético optar por <a href="https://www.nature.com/articles/s41591-021-01466-8">limitar determinados</a> aspectos de la libertad de aquellos que no quieren tomar las medidas de prevención que han demostrado ser eficaces. </p>
<p>El derecho a la libertad no es un bien absoluto. La libertad, como derecho individual, está limitada por la sociedad, que está compuesta por muchos otros individuos con los que hay que convivir, cada uno con sus derechos. </p>
<p>Hasta el mito de la individualidad plena que es Robinson Crusoe, vivir sólo en una isla con su máxima libertad, necesitaba de la compañía de Viernes, que limitaba su derecho absoluto a ser libre.</p><img src="https://counter.theconversation.com/content/168760/count.gif" alt="The Conversation" width="1" height="1" />
<p class="fine-print"><em><span>Javier Valls Prieto no recibe salario, ni ejerce labores de consultoría, ni posee acciones, ni recibe financiación de ninguna compañía u organización que pueda obtener beneficio de este artículo, y ha declarado carecer de vínculos relevantes más allá del cargo académico citado.</span></em></p>Mientras las autoridades de un colegio de Granada niegan la entrada a una niña cuyos padres no querían que usara mascarilla, en Francia 3.000 trabajadores de la salud no vacunados han sido suspendidos. ¿Es un atentado contra la libertad?Javier Valls Prieto, Prof. en Derecho Penal especializado en regulación ética y jurídica de la inteligencia artificial y la robótica, Universidad de GranadaLicensed as Creative Commons – attribution, no derivatives.tag:theconversation.com,2011:article/1554252021-03-21T19:44:22Z2021-03-21T19:44:22ZDerechos digitales para proteger a los ciudadanos de los riesgos de la tecnología<figure><img src="https://images.theconversation.com/files/389911/original/file-20210316-16-1yg7l40.jpg?ixlib=rb-1.1.0&rect=1368%2C12%2C6586%2C3051&q=45&auto=format&w=496&fit=clip" /><figcaption><span class="caption">
</span> <span class="attribution"><a class="source" href="https://www.shutterstock.com/es/image-photo/legal-advice-technology-service-concept-businesswon-1438633826">Shutterstock / greenbutterfly</a></span></figcaption></figure><p>La humanidad va a afrontar nuevos escenarios complejos en una era donde la digitalización va a ser especialmente relevante. Estas circunstancias exigen que pensemos los <a href="https://plataforma2030.org/es/revista-diecisiete-4/item/ciudades-y-digitalizacion-construyendo-desde-la-etica">derechos de los ciudadanos</a> desde un nuevo prisma. </p>
<p>Tradicionalmente, los derechos han sido fundamentalmente protectores. En algunos casos, garantizar estos derechos ha supuesto la necesidad de crear instituciones y garantías negativas. La transgresión de estos derechos suponía una pena por parte de quien los agredía. Los nuevos derechos implican repensar ciertos aspectos fundamentales de la vida y la realidad. </p>
<p>Las relaciones entre derechos y una era compleja social y tecnológicamente implican dos importantes aspectos: </p>
<ul>
<li><p>El primero es si la compleja nueva realidad supone la necesidad de establecer derechos adicionales. Hasta ahora, la digitalización ha supuesto nuevas formas de hacer tareas humanas ya existentes. La posibilidad de nuevas formas de interacción y comportamiento exige reflexionar sobre nuevos derechos.</p></li>
<li><p>El segundo es si la computación puede ayudar a garantizar los derechos de las personas para evitar transgresiones de derechos y otras extensiones o derechos que fuera necesario aplicar.</p></li>
</ul>
<h2>Una sociedad cada vez más digital</h2>
<p>La conectividad va a cambiar notablemente en los próximos años. La computación va a ser, cada vez más, responsable de decisiones importantes. Van a cambiar muchos procesos de decisión y formas de relación entre personas. </p>
<p>Al reflexionar sobre los derechos en una sociedad, es necesario <a href="https://elpais.com/elpais/2020/06/23/planeta_futuro/1592918739_617229.html">predecir su alcance</a>. El desarrollo de derechos en una era con alto nivel de incertidumbre necesita de un proceso no sesgado, experimental y reflexivo a futuro para poder ampliar su alcance.</p>
<p>Los aspectos más importantes a tener en cuenta en este análisis son:</p>
<ul>
<li><p>Barreras para un uso más social y humano de la tecnología, ya que ciertas limitaciones pueden <em>a priori</em> dificultar su aplicación. Estas limitaciones pueden ser en el acceso a datos, a la mejora de algoritmos o a la implantación de un algoritmo en un proceso de decisión complejo que pueda tener un impacto altamente positivo.</p></li>
<li><p>Vacíos en términos de recomendación y exploración que pueden usarse para usos menos éticos y responsables de la inteligencia artificial. Están relacionados fundamentalmente con qué instituciones deben usar algoritmos para ciertos casos de uso y bajo qué condiciones deben hacerlo. Los algoritmos tienen un gran impacto social si son aplicados en el ámbito público, pero también desde el sector privado.</p></li>
<li><p>Un análisis de sugerencia de acciones y normativo que parte de un análisis descriptivo y exploratorio limitado en cuanto al verdadero potencial positivo de la tecnología digital puede tener consecuencias realmente nefastas para la sociedad. Puede ser una barrera para realizar una transformación digital más humana y que sirva de catalizador de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y el futuro de la humanidad. Puede suponer que toda la inversión y economía generada en torno a la digitalización se desaproveche y tenga un impacto negativo en el desarrollo global.</p></li>
</ul>
<h2>Derechos complejos para una tecnología compleja</h2>
<p>Sin caer en un <em>solucionismo</em> tecnológico o un exacerbado optimismo digital, es necesario recalcar que estamos empezando ahora a diseñar las verdaderas soluciones digitales del futuro. </p>
<p>La regulación necesaria es compleja, ya que la tecnología tiene que venir asociada a una reflexión ética. Una normativa sobre la digitalización, si no se hace de forma cuidadosa y rigurosa, puede caer afectando a la actividad científica y de generación de conocimiento en la sociedad. </p>
<p>Es necesario que los marcos de derechos digitales destaquen de qué forma estos pueden ser vulnerados por la actividad científica o por una actividad industrial, un problema que atañe a todo tipo de tecnologías.</p>
<h2>El camino hacia la digitalización</h2>
<p>La digitalización siempre ha sido una oportunidad para <a href="https://plataforma2030.org/es/revista-diecisiete-4/item/un-futuro-del-trabajo-etico-y-sostenible">mejorar los sistemas humanos</a> que no funcionan correctamente. Existe una falsa idea de que la tecnología estropea los sistemas humanos actuales en esencia. </p>
<p>Gran parte de los riesgos pueden deberse a que la tecnología amplifica problemas existentes. Por tanto, es necesario vigilar y mitigar, pero sobre todo es necesario diseñar el camino correcto a la digitalización. </p>
<p>La digitalización puede mejorar las capacidades humanas. Permite mejorar su inteligencia de diversas maneras: ofreciendo formas de entender relaciones, juntando y sintetizando información, identificando problemas y sesgos en toma de decisión o ayudando a las personas a potenciar sus capacidades cognitivas.</p>
<p>Entender qué está mal en la digitalización, qué se puede solucionar y qué problemas son realmente arriesgados y difíciles supone un reto serio que no se ha afrontado apropiadamente.</p>
<h2>El derecho minimiza los riesgos de la tecnología</h2>
<p>El valor de los derechos digitales puede estar, por tanto, en generar un marco general que motive a implementar una digitalización positiva. Pero necesita ir acompañado de más instrumentos, como pueden ser mecanismos de evaluación. La inexistencia de estos instrumentos es la principal causa de los riesgos de la digitalización. La tecnología se usará negativamente si no hay mecanismos que aseguren que se emplea positivamente.</p>
<p>El mayor trabajo, además de la experimentación, es generar las garantías necesarias para que estos derechos sean procesados universalmente. Deberán implementarse con agilidad ciertos mecanismos protectores en respuesta a los problemas de la digitalización, tanto efectivos como potenciales. Estos mecanismos deberán ser diseñados teniendo en cuenta criterios científicos concretos basados en la experiencia.</p>
<p>Finalmente, la digitalización es sistémica. Dar sentido a los derechos que se definen en torno al individuo con las diferentes estructuras y escalas de los sistemas es uno de los trabajos más importantes a realizar. Sin esta visión sistémica, el contenido de una carta de derechos digitales es necesariamente limitada.</p>
<hr>
<p><em>Este artículo ha sido escrito en colaboración con Dionisio Escuredo Hogan, de H.44 Abogados, <a href="https://www.ucjc.edu/universidad/profesores/dionisio-escuredo/">profesor asociado de la Universidad Camilo José Cela</a></em>.</p>
<hr><img src="https://counter.theconversation.com/content/155425/count.gif" alt="The Conversation" width="1" height="1" />
<p class="fine-print"><em><span>Ricardo Vinuesa receives funding from the Swedish Research Council (VR), the Swedish e-Science Research Centre (SeRC) and the Göran Gustafsson Foundation</span></em></p><p class="fine-print"><em><span>Annalyn Bachmann y David Pastor Escuredo no reciben salarios, ni ejercen labores de consultoría, ni poseen acciones, ni reciben financiación de ninguna compañía u organización que pueda obtener beneficio de este artículo, y han declarado carecer de vínculos relevantes más allá del puesto académico citado.</span></em></p>La digitalización y la complejidad del tiempo presente, y futuro, exigen que repensemos la regulación en relación a la tecnología y se evalúe si necesitamos nuevos derechos digitales.David Pastor Escuredo, Experto en Inteligencia artificial y datos para el desarrollo, acción humanitaria y gobernanza público-privada. Experto en innovación digital biomédica, Universidad Politécnica de Madrid (UPM)Annalyn Bachmann, Research Affiliate for MIT Center for Collective Intelligence (CCI), Massachusetts Institute of Technology (MIT)Ricardo Vinuesa, Associate professor, KTH Royal Institute of TechnologyLicensed as Creative Commons – attribution, no derivatives.tag:theconversation.com,2011:article/1519672021-01-19T20:20:32Z2021-01-19T20:20:32Z¿Puede la realidad virtual ayudar a mejorar la autonomía de las personas mayores?<figure><img src="https://images.theconversation.com/files/378786/original/file-20210114-14-bpzh7f.jpg?ixlib=rb-1.1.0&rect=0%2C0%2C3537%2C2360&q=45&auto=format&w=496&fit=clip" /><figcaption><span class="caption">shutterstock</span> <span class="attribution"><a class="source" href="https://www.shutterstock.com/es/image-photo/mature-man-oman-wearing-virtual-reality-408283780">Shutterstock / KikoStock</a></span></figcaption></figure><p>El aumento del envejecimiento a nivel mundial no tiene precedentes. Constituye una transformación demográfica de nuestra sociedad, caracterizada por un incremento en la proporción de personas de edades avanzadas respecto a la de jóvenes. </p>
<p>En 2019, <a href="https://www.ine.es/jaxiT3/Tabla.htm?t=1452">las personas mayores de 65 años representaron el 19,4% de la población total de España</a>. Esta franja de edad ha crecido significativamente. Casi 10 puntos desde los años 70. </p>
<p>Atender las necesidades presentes y futuras de este sector poblacional parece ser un nudo gordiano. Una dificultad que deberá resolverse mediante estrategias fuera de lo tradicional. </p>
<p>Hasta el momento, pese al amplio porcentaje que representan estas, los derechos de las personas mayores no han sido reconocidos en forma de convención o tratado del sistema de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. </p>
<p>Sí ha sucedido con otros grupos poblacionales. Es el caso de la <a href="https://www.unicef.es/causas/derechos-ninos/convencion-derechos-ninos">infancia</a>, la <a href="https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/cedaw.aspx">mujer</a> o <a href="https://www.un.org/development/desa/disabilities-es/">personas con discapacidad</a>. </p>
<p>Bajo este marco, la propia Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad de 2006 insta a los Estados parte a que promuevan el uso de dispositivos tecnológicos de apoyo. También a que favorezcan el acceso a ellos a un costo asequible.</p>
<h2>Las personas mayores, un grupo heterogéneo dispuesto a usar la realidad virtual</h2>
<p>Las personas mayores han comprobado cómo la tecnología ha ido cambiando su día a día y sus costumbres. Han sido testigos de muchos avances. Por ejemplo, el uso generalizado del teléfono, la televisión o la creación de Internet. </p>
<p>A pesar de su heterogeneidad, también se han sumado al uso de diferentes recursos digitales. Esto ha permitido que algunos medios tecnológicos se incorporen como soporte en la atención psicosocial. </p>
<p>Una de las herramientas tecnológicas que está despegando es la realidad virtual. Se caracteriza por ser una interfaz usuario - ordenador capaz de simular en tiempo real entornos, escenarios o actividades. </p>
<p>Así, permite la interacción a través de diferentes canales sensoriales. Da la sensación de plena inmersión, llegando a favorecer un sentimiento de evasión. </p>
<p>El usuario es capaz de contemplar dicho entorno gracias a un dispositivo compuesto por gafas o casco de realidad virtual. También puede ir acompañado de guantes o trajes especiales.</p>
<h2>Ejemplos prácticos de la realidad virtual en la intervención social</h2>
<p>La realidad virtual puede ser útil como una versión de alta tecnología de la <a href="https://blogcrea.imserso.es/terapia-de-reminiscencia/">terapia de reminiscencia</a>. A través de ella, se alienta a las personas con algún trastorno neurocognitivo mayor a la observación y discusión de actividades, eventos y experiencias pasadas.</p>
<p>Generalmente se sirve de la ayuda de recuerdos tangibles como fotografías u objetos. También de alternativas como música o vídeos que les resulten familiares y evoquen recuerdos. Lo que se pretende es estimular su estado de ánimo.</p>
<p>La tecnología inmersiva está teniendo un impacto positivo en las personas mayores. Sus diferentes usos pueden tener un gran potencial durante esta etapa de la vida. </p>
<p>Gracias a la realidad virtual pueden experimentar viajes en los que no pueden participar. Pueden familiarizarse con nuevos entornos, como su futuro centro residencial o de día, antes de acudir a ellos. </p>
<p>También les permite simular actividades cotidianas que solían hacer. Acciones que su deterioro físico ahora les impide realizar. Entre ellas, acudir a actos religiosos; eventos de ocio, deportivos o culturales u otras actividades.</p>
<p>Ahora que los contactos y la interacción social se han reducido debido a la pandemia por covid-19, la realidad virtual puede ser una forma de evasión para los mayores. Al fin y al cabo, permite cambiar de ambientes, experimentar estímulos que no podrían sentir de otra manera. </p>
<p>También permite realizar ejercicio con un soporte virtual adicional a las propias instalaciones disponibles en residencias y centros de día. </p>
<p>Muchas personas mayores no están motivadas para realizar ejercicio físico en esos entornos tradicionales, pero podrían sentirse más predispuestos si se incorporasen paisajes y sonidos de la naturaleza.</p>
<h2>Evidencias destacadas sobre la utilización de la realidad virtual</h2>
<p>Una reciente <a href="https://www.neurologia.com/articulo/2020258">revisión de la literatura</a> señala que la realidad virtual puede ser una estrategia para prevenir el desarrollo de problemas cognitivos. Podría aplicarse como herramienta diagnóstica de detección de deterioro leve o demencia, ser efectiva como tratamiento y mejorar el funcionamiento cognitivo. </p>
<p>Sobre esto último, si reparamos en el tiempo adecuado de uso, una experiencia práctica en una residencia de <a href="https://www.efe.com/efe/english/life/virtual-reality-enriching-lives-of-elderly-floridians/50000263-4183805">Estados Unidos</a> incidió en que la realidad virtual para personas mayores debe considerar un ritmo más lento. </p>
<p>Además, es recomendable utilizarla en pequeñas “dosis”. Por ejemplo, de 15 a 20 minutos y unas tres veces a la semana.</p>
<p>La <a href="https://www.aecc.es/es/actualidad/noticias/realidad-virtual-sobrellevar-quimioterapia">Asociación Española contra el Cáncer (AECC)</a> también señala que la realidad virtual ha podido disminuir un 84% la sensación de dolor y un 26% la ansiedad antes del tratamiento. </p>
<p>Además, el 88% de las personas han manifestado tener la sensación de que el tiempo de tratamiento ha pasado más rápido. También que les ha ayudado a sobrellevar la quimioterapia.</p>
<p>Respecto a la intervención psicosocial, se deberán considerar las diferentes particularidades. Por ejemplo, el fomento de la adaptación a cada patología y características personales. También contemplar que el desconocimiento en su uso puede provocar miedo o ansiedad. </p>
<p>Además, que las personas mayores con dificultades motoras pueden tener dificultades en su manipulación. </p>
<p>Ahora bien, no deja de ser una herramienta tecnológica. Por tanto, es un recurso que difícilmente modifica <em>per se</em> una situación. Nuestra labor como profesionales es conocerla. Ser conscientes de sus potencialidades y debilidades. Decidir cuándo es momento de utilizarla como instrumento de nuestra intervención.</p><img src="https://counter.theconversation.com/content/151967/count.gif" alt="The Conversation" width="1" height="1" />
<p class="fine-print"><em><span>Las personas firmantes no son asalariadas, ni consultoras, ni poseen acciones, ni reciben financiación de ninguna compañía u organización que pueda obtener beneficio de este artículo, y han declarado carecer de vínculos relevantes más allá del cargo académico citado anteriormente.</span></em></p>La realidad virtual puede funcionar como herramienta de soporte en el tratamiento de trastornos neurocognitivos, al permitir la observación y discusión de actividades, eventos y experiencias pasadas.Rubén González Rodríguez, Profesor de Trabajo social y servicios sociales, Universidade de VigoPaula Frieiro Padín, PDI predoctoral. Área de Trabajo Social. Departamento de Análisis e intervención psicosocioeducativa, Universidade de VigoLicensed as Creative Commons – attribution, no derivatives.tag:theconversation.com,2011:article/1514032021-01-17T20:53:50Z2021-01-17T20:53:50ZEducar en derechos: la gran carencia de la escuela<figure><img src="https://images.theconversation.com/files/379139/original/file-20210117-23-y13fw1.jpg?ixlib=rb-1.1.0&rect=0%2C11%2C7509%2C4215&q=45&auto=format&w=496&fit=clip" /><figcaption><span class="caption">
</span> <span class="attribution"><a class="source" href="https://www.shutterstock.com/es/image-photo/multicultural-diverse-cultures-society-international-tolerance-1827770606">Shutterstock / Lightspring</a></span></figcaption></figure><p>Parte de la opinión pública, por propio convencimiento y, muchas veces alentada por grupos de presión y comunicación diversos, suele criticar la educación en España basándose muchas veces en generalidades y pocas veces en estudios objetivos, como <a href="https://www.oecd.org/spain/Education-at-a-glance-2015-Spain-in-Spanish.pdf">los elaborados por la OCDE</a> que se conocen periódicamente. No ocurre de manera generalizada, pero en ocasiones tendemos a poner el foco en detalles de la educación que pueden llegar a ser anecdóticos y no en aquellos que condicionan el futuro de los estudiantes.</p>
<p>Ejemplos como la enseñanza de la religión o el gasto medio por alumno borran del mapa problemas que tal vez sean mucho más importantes a la larga para la formación como personas de los propios alumnos. </p>
<p>Las cifras de <a href="https://theconversation.com/abandono-escolar-temprano-asi-esta-siendo-el-impacto-de-la-covid-19-149409">fracaso escolar</a> son las que son y ofrecen un panorama incuestionable y aterrador. En ese ambiente, lleno de metas pendientes, hay quienes denunciamos el sinsentido que supone hablar de “educar” a los/las más pequeños/as <a href="https://dialnet.unirioja.es/servlet/libro?codigo=273883">sin tratar como temas troncales muchas claves de su formación humana</a> que son tan importantes como las Matemáticas o la Lengua.</p>
<p>Podría decir tres, entre otros muchos, que tienen evidencia científica y sobre cuya importancia se ha investigado mucho:</p>
<ol>
<li><p>Apenas se enseña a fondo <a href="https://catedraunescodh.unam.mx//catedra/CONACYT/04_Docentes_UdeO_ubicar_el_de_alumnos/Contenidos/Biblioteca/Educacion_DH/12.%20EDH_Reflexiones_Reto.pdf">cuáles son los derechos y deberes</a> que el individuo tiene como miembro de una sociedad y que utiliza desde que se despierta hasta que se acuesta terminado el día. </p>
<p>Una charla sobre <a href="https://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:qkBM4xqnoE4J:https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/5169743.pdf+&cd=7&hl=en&ct=clnk&gl=es&client=firefox-b-d">la Constitución o asignaturas residuales</a> a cargo de docentes ajenos a ese contenido abona el camino hacia un destino incorrecto, ya que se pueden adquirir conocimientos de todo menos de la necesaria libertad y autodeterminación con la que cada cual ha de guiar su propia existencia. </p></li>
<li><p>Un segundo ejemplo prácticamente ausente del ámbito educativo temprano, una segunda ausencia, es la omisión de las reglas básicas sobre la <a href="https://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:xqmv-HOLpJ8J:https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/3628034.pdf+&cd=1&hl=en&ct=clnk&gl=es&client=firefox-b-d">administración del propio dinero</a> y las pertenencias que uno tenga. Habitualmente no se transmite en la escuela con detalle <a href="https://core.ac.uk/download/pdf/267809059.pdf">el valor de lo que cada uno tiene y el coste de lo que recibe</a>. </p></li>
<li><p>Otro tema casi ausente de esa formación mínima es el de <a href="https://reunir.unir.net/bitstream/handle/123456789/5743/MONTALBAN%20PUENTE%2C%20BATIRTZE.pdf?sequence=1&isAllowed=y">la alimentación</a> que, de hecho, a veces incluso provoca <a href="https://www.elsevier.es/es-revista-revista-medica-clinica-las-condes-202-articulo-trastornos-conducta-alimentaria-adolescentes-descripcion-S0716864011703960">trastornos físicos y emocionales en muchos jóvenes</a>: comemos al menos tres veces al día, y muchos niños <a href="http://ve.scielo.org/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1011-22512015000100009">no saben comer</a>, ni prepararse lo que comen, ni cómo distribuir los alimentos a lo largo de la jornada y de la semana en beneficio de su salud y su crecimiento.</p></li>
</ol>
<h2>Aprender a vivir en sociedad</h2>
<p>Valgan estos ejemplos –que solo son eso, ejemplos– para afirmar que la Química, la Historia u otras bases de conocimiento del medio deberían simultanearse en la medida de lo posible con estas tres piezas básicas sobre el aprendizaje de vivir con el propio cuerpo y con la sociedad. </p>
<p>No sirve decir que ha de ser la familia la que forme a los suyos en este sentido: no todas las familias conocen al detalle el ámbito de los derechos y deberes de los ciudadanos. </p>
<p>Una educación académicamente completa y de calidad que no comience por lo más cotidiano de la persona creará otra generación perdida de ciudadanos activos, por más que estén formados en otros campos. </p>
<h2>Déficit de formación democrática</h2>
<p>La salida de la situación social, económica y política de un país en crisis viene de la mano de múltiples factores. Lo que estas líneas quieren aportar es una llamada de atención sobre el <a href="https://parlamentoyconstitucion.cortesclm.es/recursos/articulos/PyC17_Belda_Educacion.pdf">déficit de formación democrática</a> que persiste en nuestra sociedad, obstaculizando tanto la participación como la responsabilidad ciudadana en la obra colectiva que un país significa. </p>
<p>Apostar por una enseñanza sencilla y práctica de los derechos y deberes que cada uno tenemos es tan solo un paso entre mil objetivos a conseguir, pero se presenta como el avance más transversal y oportuno siempre que lo que se desee sea, verdaderamente, la capacidad de decisión última del “pueblo”. </p>
<p>Cada derecho, como se ha dicho, es imprescindible en ese camino pero, por motivos obvios de inmediatez y eficacia, incrementar el conocimiento de los derechos de participación política, y entre ellos, del sufragio, debería ser una prioridad en nuestras sociedades. </p>
<p>Puede ser un buen momento este, para recordar los esfuerzos que desde muchas disciplinas se han hecho por recabar, no ya una mayor atención, simplemente una <a href="https://www.ohchr.org/sp/issues/education/educationtraining/pages/decade.aspx">mirada alfabetizadora de la enseñanza de los derechos</a>. </p>
<p>¿Será posible, pues, en España, aplicar en la práctica el <a href="https://dialnet.unirioja.es/servlet/tesis?codigo=131988">artículo 27.2 de su Constitución</a>? “La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales”. </p>
<p>Sabemos el fin de la educación, pero eludimos su estudio.</p><img src="https://counter.theconversation.com/content/151403/count.gif" alt="The Conversation" width="1" height="1" />
<p class="fine-print"><em><span>Enrique Belda es miembro de: Presidente de la asociación Instituto para la Gobernanza Afiliado a partido político</span></em></p>Educar sin explicar a los estudiantes asuntos como los derechos humanos no es hacerlo de manera integral. Muchos docentes no tienen la formación adecuada para impartir una materia que se hace imprescindible para que los más jóvenes sepan cuáles son sus derechos y sus deberes en sociedad.Enrique Belda, Profesor Titular de Derecho Constitucional, Universidad de Castilla-La ManchaLicensed as Creative Commons – attribution, no derivatives.tag:theconversation.com,2011:article/1456462020-09-13T18:53:19Z2020-09-13T18:53:19Z¿Qué explica la violencia racista extrema de los policías en Estados Unidos?<figure><img src="https://images.theconversation.com/files/357655/original/file-20200911-20-16lgkra.jpg?ixlib=rb-1.1.0&rect=4%2C0%2C2807%2C1880&q=45&auto=format&w=496&fit=clip" /><figcaption><span class="caption">
</span> <span class="attribution"><a class="source" href="https://www.shutterstock.com/es/image-photo/portland-oregon-united-states-august-22-1801253845">Shutterstock / Robert P. Alvarez</a></span></figcaption></figure><p>En las últimas semanas estamos viviendo <a href="https://www.wsj.com/articles/jacob-blake-shooting-what-happened-in-kenosha-wisconsin-11598368824">diversos altercados racistas en Estados Unidos</a> que están conmocionando a la población mundial (o deberían hacerlo), generando un amplio número <a href="https://www.france24.com/es/20200603-el-debate-racismo-muerte-george-floyd-estados-unidos-protestas">de espacios de reflexión</a> en diferentes ámbitos. </p>
<p>Son muchos los estudios que se han dedicado a explicar estos casos en los que existe un exceso de autoridad y de poder, a veces hasta extremos completamente inauditos y totalmente injustificables, con conductas de una alta carga discriminatoria, en múltiples escenarios, como <a href="https://www.researchgate.net/publication/265553802_Black_Achievers%27_Experiences_with_Racial_Spotlighting_and_Racial_Ignoring_in_a_Predominantly_White_High_School">en la escuela</a> o <a href="http://www.elegantbrain.com/edu4/classes/readings/depository/race/teach_rac_classroom.pdf">el instituto</a>, en el <a href="https://pubmed.ncbi.nlm.nih.gov/19482989/">ámbito laboral</a> e <a href="https://pubmed.ncbi.nlm.nih.gov/19636721/">institucional</a> y a veces, paradójicamente, como veíamos, <a href="https://www.tandfonline.com/doi/abs/10.1300/J137v04n02_01">en el de los cuerpos de seguridad</a>.</p>
<h2>Emociones, creencias y discriminación</h2>
<p>La conducta discriminatoria se acompaña de un pensamiento y unas emociones acordes a la misma. Estos tres conceptos son dimensiones de la actitud, según <a href="https://www.routledgehandbooks.com/doi/10.4324/9781410612823.ch3#:%7E:text=The%20tripartite%20theory%2C%20or%20the,1960%3B%20Smith%2C%201947">la teoría tricomponental</a>: el primero tiene que ver con las emociones (el prejuicio, que es el componente afectivo); el siguiente, con las creencias (los estereotipos, que conforman el componente cognitivo) y el último, con la discriminación (que es el componente conductual). Los tres componentes están profundamente interrelacionados. </p>
<p>Veámoslo con un ejemplo: si una persona que es seleccionador de un equipo deportivo piensa que las personas negras son deportistas de élite por naturaleza (estereotipo, componente cognitivo), sentirá admiración hacia ellas (componente afectivo) e intentará contratarlas para su equipo (componente conductural). </p>
<p>En el otro polo existirían personas que piensen, por ejemplo, que los individuos negros son agresivos y que suelen generar problemas y, por lo tanto, sentirían rechazo y/o miedo hacia ellos y se comportarían evitándolos o, si tuvieran más poder, sometiéndoles a un castigo. </p>
<p>En este caso, la actitud desfavorable hacia las personas negras se denomina racismo. Seguramente creamos que el racismo se circunscribe solo a algunos casos extremos y en algunos ambientes pero, desgraciadamente, nada más lejos de la realidad. Esto ocurre porque existen mecanismos automáticos que dificultan que actuemos siempre con total consciencia de nuestros actos.</p>
<h2>Mecanismos conscientes versus mecanismos automáticos</h2>
<p>El interés social en ser igualitarios es algo bastante reciente en la historia. De hecho, <a href="https://revistaselectronicas.ujaen.es/index.php/ininv/article/view/202">es en los años 60 cuando el prejuicio y la discriminación empiezan a estudiarse desde una perspectiva social en vez de desde un origen individual</a>. </p>
<p>A finales de los años 80, los investigadores en Psicología Social empiezan a tener claro que existe una tendencia social a ser igualitario o, al menos, a parecerlo, por deseabilidad social (es decir, el deseo de ser aprobado socialmente). </p>
<p>A partir de entonces, comienzan a <a href="https://d1wqtxts1xzle7.cloudfront.net/46145453/Dovidio_Gaertner_Advances_2004.pdf?1464819703=&response-content-disposition=inline%3B+filename%3DThe_aversive_form_of_racism.pdf&Expires=1599825708&Signature=DYglRiKHAOHTj2Rpx2ng-ekDTn2aqfKGDEqQXHUOMSAnSsApaf-nBUL587Lac9f0ME9BPVaAAf2rA90f%7EZbjYtPfqR1ratlzVTqL1sQD%7ETJjwtoeCVshjSTZNRRkJS2NBQoB0svkMRP8Vpsomvbwtp%7EU4PXHFGVASDW5DBONYOkNJP0AhCZHUML0ZTqAtYaP%7EmcM9YPhAjB1COgpfKQbaVtnNdE5deT-W9yZfPmzZamEDIcj1Uj7KJJ-DvLzyCuMXNPyQV8TdQ3Vgm4SuPFwf7ly%7EegbyUWGwrBQTCs86qVPGKIwjC3vv2%7EJ5hp9bQD7nCVXED-RRdr3wEVWKC6Dxg__&Key-Pair-Id=APKAJLOHF5GGSLRBV4ZA">surgir modelos o teorías</a> (racismo moderno, racismo sutil, simbólico o aversivo) que presentan una ambivalencia en las personas, con actitudes positivas y negativas hacia diversos grupos sociales (entre ellos, personas negras y mujeres): el deseo de ser igualitarios (derivado de los valores de justicia y equidad) y la tendencia proveniente de la socialización tradicional que categoriza a los grupos dependiendo de su estatus histórico. </p>
<p>Actualmente, <a href="http://dx.doi.org/10.1111/0022-4537.00244">estas teorías siguen estando vigentes</a>, pues como podemos observar en el panorama actual, la sociedad sigue presentando comportamientos discriminatorios que siguen necesitando profundas explicaciones.</p>
<p>A estas teorías que presentan la lucha que vive en cada persona entre la tendencia discriminatoria y la intención de ser igualitarios se suman, casi al principio de los 90, los conceptos de la automaticidad y control sobre la activación de los estereotipos <a href="https://secure.understandingprejudice.org/apa/spanish/page13.htm">que presenta Patricia Devine</a>. </p>
<p>Ella explicaba que la socialización es tan fuerte que se instaura de manera automática y solo dejará de expresarse en nuestra conducta con un alto control de ésta, que solo puede provenir de nuestra motivación por ser justos e igualitarios. </p>
<p>Así, cuando tengamos suficiente motivación y recursos cognitivos (sin cansancio, pudiendo realizar una sola tarea, etc.) podremos impedir la aplicación de los estereotipos tradicionales y controlar nuestro comportamiento. Una importante cantidad de estudios <a href="https://www.sciencedirect.com/science/article/abs/pii/S0022103100914495?via%3Dihub">demuestran que, en cuanto la persona tiene demasiada carga cognitiva</a>, es difícil suprimir la aplicación de los estereotipos tradicionales, de manera que la persona se comporta discriminatoriamente.</p>
<h2>La violencia extrema de los policías</h2>
<p>Ya sabemos por qué podemos comportarnos de manera discriminatoria, incluso sin desearlo. Pero ¿qué es lo que explica la violencia extrema y, especialmente, de las fuerzas que deberían proteger a la ciudadanía? </p>
<p>Aunque hay muchas investigaciones en psicología social sobre el tema, para comprenderlo vamos a explicar un <a href="https://www.sciencedirect.com/science/article/pii/S0191886920304967">trabajo de investigación realizado estos últimos meses</a> que alude a la creencia de las personas sobre lo que ellas mismas merecen y cómo reaccionan si ellas y otras no son favorecidas. </p>
<p>Según este estudio, los individuos que creen tener ciertos privilegios no saben gestionar el hecho no tener suerte en cualquier cuestión aleatoria en la que pierdan o salgan desfavorecidos. </p>
<p>Así, los autores establecieron dos grupos, personas con altos y con bajos niveles de creencias sobre sus derechos, y los enfrentaron a una situación en la que el azar decidía si debían realizar una tarea divertida o aburrida. </p>
<h2>Cuantos más derechos, más ira</h2>
<p>Los resultados mostraron que las personas que creían ser tener más derechos reaccionaron con ira al ver que dichos privilegios no eran reconocidos. Esta emoción se mantenía cuando, en vez de propiciar una situación determinada, se les pedía que recordaran una situación en la que habían sido tratadas injustamente. Cuántos más derechos creía tener la persona, más ira experimentaba. </p>
<p>Pero, ¿qué ocurría si el recuerdo se centraba en la injusticia cometida sobre otra persona? En este caso, se encontraron dos diferencias clave: la primera es que la reacción ya no era de ira, sino de lástima por la otra persona; y la segunda era que solo cuando el nivel de creencia sobre sus propios derechos era bajo se sentía lástima hacia las personas que habían sido tratadas injustamente. O, lo que es lo mismo, las personas que creen merecérselo todo no sienten lástima ante la desgracia de los demás.</p>
<p>A veces la realidad pone de manifiesto que algunas personas que se creen con más derechos y autoridad que otras hacen abuso de poder sin miramientos.</p><img src="https://counter.theconversation.com/content/145646/count.gif" alt="The Conversation" width="1" height="1" />
<p class="fine-print"><em><span>Beatriz Montes Berges recibe fondos de la UE para el proyecto internacional que coordina como miembro de la UJA (Net-Care Networking and Caring for Migrant and Refugee Women; 856909 — NET-CARE — REC-AG-2018/REC-RDAP-GBV-AG-2018). Es afiliada de diferentes ONGs, relacionadas con el progreso, educación y niños de los países en vías de desarrollo.</span></em></p>Las personas responden de manera diferente frente a los actos de los demás según los derechos que creen que tienen en su vida. Eso nos podría ayudar a entender las reacciones que está teniendo la Policía de EE UU en los episodios racistas que estamos viviendo últimamente.Beatriz Montes Berges, Profesora Titular de Psicología Social, Universidad de JaénLicensed as Creative Commons – attribution, no derivatives.tag:theconversation.com,2011:article/1423922020-07-12T20:15:48Z2020-07-12T20:15:48ZEl debate del animalismo y los derechos de los animales<figure><img src="https://images.theconversation.com/files/346876/original/file-20200710-189208-m7ujlv.jpg?ixlib=rb-1.1.0&rect=0%2C0%2C4259%2C2839&q=45&auto=format&w=496&fit=clip" /><figcaption><span class="caption">
</span> <span class="attribution"><a class="source" href="https://www.shutterstock.com/es/image-photo/osborne-bull-silhouette-spanish-road-sides-1430258261">Shutterstock / Ferreiro</a></span></figcaption></figure><blockquote>
<p>“La resistencia a reconocer derechos a los animales es similar a la que enfrentaron en su día la esclavitud racial o la discriminación de la mujer”. </p>
</blockquote>
<p>Así de rotundo se mostraba Peter Singer en <a href="https://es.wikipedia.org/wiki/Peter_Singer#Liberaci%C3%B3n_animal"><em>Liberación Animal</em></a>, un libro publicado en 1975 y germen del animalismo. Este filósofo australiano se oponía al “especismo”, o lo que es lo mismo, a que un ser vivo sea titular de derechos por el único hecho de pertenecer a nuestra especie. Lo que explica que muchos animalistas se califiquen de <a href="https://ctxt.es/es/20191002/Firmas/28691/Animalista-PACMA-Especismo-Ecologismo.htm">“antiespecistas”</a>. </p>
<p>El mensaje ha calado hondo en la sociedad, por <a href="https://books.google.es/books/about/Animal_Revolution.html?id=_jTQc0yp7dMC&redir_esc=y">sentimentalismo e ideología</a>. Y se han extrapolado a los animales los cambios sociales y de mentalidad en relación con los derechos de los individuos. Han contribuido a ello el reciente auge del movimiento ecologista y la sensibilización hacia la naturaleza, que nos lleva a cuestionar el impacto ambiental destructivo de muchas actividades humanas. Incluso consideramos intolerable la explotación industrial y el <a href="http://www.pensamientocritico.org/dansou1012.pdf">confinamiento de los animales de granja en condiciones deplorables</a>. </p>
<p>Como era de esperar, las críticas no se han hecho esperar. Son muchos quienes señalan que los animalistas tienen una visión ingenua de la realidad, al no considerar los aspectos legales del asunto. El propio concepto de derecho, un producto de nuestra sociedad, se relaciona íntimamente con el de obligación, algo no exigible a los animales. Además, muchos animalistas hacen distinciones entre qué animales tienen derechos y cuáles no cuando se trata de eliminar sus propios parásitos o las plagas de los cultivos. </p>
<h2>Del bienestar animal a los derechos de los animales</h2>
<p>Toda persona razonable suscribiría la idea intuitiva del bienestar animal, en la que se entiende el animalismo como un movimiento contra el maltrato y la explotación animal. No obstante, algunos animalistas van mucho más lejos y afirman que todos los animales (incluidos piojos, cucarachas o ratas) tienen los mismos derechos que los seres humanos. Por lo que deberíamos respetar su vida en el grado en que lo hacemos con una persona. </p>
<p>Esta filosofía “antiespecista” y “abolicionista” es la que alcanza mayor visibilidad, sobre todo porque asegura responder a una práctica moral similar a la lucha por la igualdad del feminismo o contra el racismo y la homofobia.</p>
<p>¿Son equiparables? Sí para el animalismo, que conlleva una visión antropomórfica de la naturaleza, considerando que “todos los animales son seres conscientes que pueden manifestar una gran diversidad de procesos cognitivos y comunicativos, así como <a href="https://zooxxi.org/">personalidad propia y vidas emocionales ricas y complejas</a>”, según la plataforma animalista ZOOXXI. </p>
<p>Esto implica, entre otras cosas, la <a href="https://theconversation.com/es-natural-que-los-humanos-comamos-carne-138346">conveniencia de adoptar una dieta vegana</a>, pese a las carencias nutricionales de la misma (un menor aporte proteico, de hierro, zinc, selenio y vitaminas A, B6, B12 y D). Al menos hasta que se llegue al consenso de que <a href="https://en.wikipedia.org/wiki/Plant_rights">las plantas también tienen capacidad de experimentar sufrimiento</a>, una propuesta que ya ha llevado a algunos veganos frutarianos a proponer que sólo se deberían consumir los frutos que se caen del árbol de manera natural. </p>
<h2>Capacidades cognitivas y derechos de los animales</h2>
<p>Sin pretender entrar a fondo en el debate animalista, en este artículo abordo la cuestión de los derechos de los animales con elementos de reflexión poco discutidos hasta el momento, como sus capacidades cognitivas. </p>
<p>La cuestión principal es: ¿esos derechos serían extensibles a todas las especies? ¿Solo a aquellas con un sistema nervioso central que les otorgue verdadera capacidad “sintiente”? ¿O únicamente a las que muestren elevada capacidad cognitiva y autoconciencia, como los grandes simios, los elefantes, las orcas y los delfines, para quienes algunos filósofos defienden su consideración como <a href="https://www.nonhumanrights.org/blog/philosophy-nonhuman-rights/">“personas no humanas”</a>?</p>
<p>La última postura es quizás más razonable, pero exige establecer un umbral de inteligencia. Que no es tarea sencilla, como muestran diversos estudios sobre aves y cefalópodos. Sin ir más lejos, ciertas aves, como los loros, mirlos y cuervos, presentan un coeficiente de encefalización (tamaño del encéfalo en relación con el esperable de sus dimensiones corporales) reducido pero una densidad neuronal muy alta, como la de un primate. Y eso se traduce en una <a href="https://pubmed.ncbi.nlm.nih.gov/27298365/">elevada potencia cognitiva</a>. </p>
<p>De manera similar, los pulpos están tan encefalizados como un perro y, además, presentan un “cerebro accesorio” en cada uno de sus ocho tentáculos, lo que les permite que su funcionamiento sea en gran medida autónomo. El linaje de estas criaturas se separó del nuestro en el curso de la evolución hace más de 500 millones de años, por lo que interaccionar con una de ellas es lo más parecido a comunicarse con una inteligencia alienígena en la Tierra, en opinión del filósofo <a href="https://en.wikipedia.org/wiki/Peter_Godfrey-Smith">Peter Godfrey-Smith</a>. Cabe preguntarse si esto debería hacernos renunciar a comer pulpo a la gallega, pero en cambio justificaría el consumo de almejas o percebes, mucho menos inteligentes.</p>
<figure class="align-center zoomable">
<a href="https://images.theconversation.com/files/346879/original/file-20200710-58-wm5ygi.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=45&auto=format&w=1000&fit=clip"><img alt="" src="https://images.theconversation.com/files/346879/original/file-20200710-58-wm5ygi.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=45&auto=format&w=754&fit=clip" srcset="https://images.theconversation.com/files/346879/original/file-20200710-58-wm5ygi.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=45&auto=format&w=600&h=189&fit=crop&dpr=1 600w, https://images.theconversation.com/files/346879/original/file-20200710-58-wm5ygi.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=30&auto=format&w=600&h=189&fit=crop&dpr=2 1200w, https://images.theconversation.com/files/346879/original/file-20200710-58-wm5ygi.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=15&auto=format&w=600&h=189&fit=crop&dpr=3 1800w, https://images.theconversation.com/files/346879/original/file-20200710-58-wm5ygi.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=45&auto=format&w=754&h=237&fit=crop&dpr=1 754w, https://images.theconversation.com/files/346879/original/file-20200710-58-wm5ygi.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=30&auto=format&w=754&h=237&fit=crop&dpr=2 1508w, https://images.theconversation.com/files/346879/original/file-20200710-58-wm5ygi.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=15&auto=format&w=754&h=237&fit=crop&dpr=3 2262w" sizes="(min-width: 1466px) 754px, (max-width: 599px) 100vw, (min-width: 600px) 600px, 237px"></a>
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<span class="caption"></span>
<span class="attribution"><a class="source" href="https://www.shutterstock.com/es/image-photo/large-group-wild-zoo-animals-together-1403039378">Shutterstock / Susan Schmitz</a></span>
</figcaption>
</figure>
<h2>La perspectiva abolicionista y la crueldad en la naturaleza</h2>
<p>La filosofía del movimiento animalista es esencialmente prohibicionista. La defensa de los “seres sintientes” pasa por rechazar todo producto que provenga de ellos, como su lana o su piel, al no poder criar animales para su consumo sin que haya algo de maltrato y sufrimiento. Por ello, toda acción que acelere la liberación de los animales se considera válida, “legitimando” el <a href="https://es.wikipedia.org/wiki/Movimiento_de_liberaci%C3%B3n_animal">asalto a las granjas animales o los mataderos</a>. </p>
<p>El problema que se plantea entonces es qué hacemos con la “crueldad” existente en la naturaleza. Algunos animalistas proponen incluso exterminar las especies carnívoras por el sufrimiento que ocasionan en sus presas. Asombra la ingenuidad del planteamiento desde una perspectiva conservacionista. Aun reconociendo que los depredadores matan presas jóvenes, que en otras circunstancias habrían llegado a reproducirse como adultos, igualmente seleccionan muchas de edad avanzada (una forma de eutanasia natural) o con taras físicas y enfermedades, asegurando la “salud” de las poblaciones y los ecosistemas al evitar la propagación de epidemias. </p>
<p>Existen muchos “experimentos naturales” que avalan el papel beneficioso de los carnívoros sobre sus presas. Como el de la <a href="https://www.nrcresearchpress.com/doi/10.1139/z82-360">población de alces de Isla Royale</a>, donde la desaparición de los lobos ocasionó que diversas patologías de los alces (artritis, osteoporosis y periodontitis) alcanzasen frecuencias muy elevadas, al no estar sujetos a depredación los ejemplares discapacitados. </p>
<h2>El problema de las especies domesticadas</h2>
<p>Valorar hasta qué punto el sufrimiento animal depende de las capacidades cognitivas es sumamente relevante. Un chimpancé y una cobaya, por ejemplo, no experimentan el mismo grado de estrés si son confinados en un espacio reducido. </p>
<p>Esto nos lleva a una observación interesante sobre la naturaleza de los animales domésticos: la domesticación desde el Neolítico se tradujo, en todas las especies, en una <a href="https://link.springer.com/chapter/10.1007/978-3-642-70877-0_13">reducción de su encefalización en comparación con sus parientes salvajes</a>. En otras palabras: sus cerebros encogieron un 30%. En el perro respecto al lobo, pero también en el cerdo frente al jabalí y la cabra doméstica comparada con la montés.</p>
<p>El experimento con zorros grises del genetista ruso <a href="https://es.wikipedia.org/wiki/Dmitri_Beli%C3%A1yev">Dimitry K. Belyaev</a> resulta esclarecedor. Este investigador, represaliado por el “<a href="https://es.wikipedia.org/wiki/Lysenko%C3%ADsmo">lysenkoismo</a>” soviético, seleccionó los ejemplares menos agresivos de cada camada y, al cruzarlos entre sí, obtuvo en pocas generaciones <a href="https://ui.adsabs.harvard.edu/abs/1999AmSci..87.....T/abstract">zorritos tan dóciles y cariñosos</a> con sus cuidadores como los cachorros de las razas caninas. Y también se redujo el tamaño del cerebro. Todo sugiere que la selección en favor de la docilidad trajo consigo una selección indirecta de la “tontuna”. </p>
<p>En ese sentido, cabría preguntarse en qué grado serían acreedoras las especies domésticas de los mismos derechos que concedamos a las salvajes. Lo que contrasta radicalmente con los cuidados que otorgamos en la sociedad occidental a nuestras mascotas, que disfrutan de mayor calidad de vida que muchas personas del tercer mundo, frente a la oposición que plantean sistemáticamente las comunidades rurales a la reintroducción del lobo en su entorno natural.</p>
<p>Aunque los experimentos de Belyaev muestran que las especies domésticas podrían considerarse “variantes discapacitadas” de las salvajes de las que proceden, los animalistas prestan poca atención a este hecho. Volviendo a Singer, con quien arrancaba este artículo, resulta que se opone al consumo de animales (de todos, no solo de los que muestran un “interés irreemplazable en vivir”, como podrían ser los chimpancés) por cuanto el mismo conlleva su sufrimiento y muerte. Pero simultáneamente defiende que los padres de los niños con “discapacidades severas que impliquen una vida menos prometedora que la de un niño normal” puedan <a href="https://www.theguardian.com/world/2020/feb/19/peter-singer-event-cancelled-in-new-zealand-after-outcry-over-disability-stance">decidir sobre su eutanasia</a>. Extiende todo tipo de derechos a los animales no autoconscientes, mientras se los niega a los niños discapacitados.</p><img src="https://counter.theconversation.com/content/142392/count.gif" alt="The Conversation" width="1" height="1" />
<p class="fine-print"><em><span>Paul Palmqvist Barrena no recibe salario, ni ejerce labores de consultoría, ni posee acciones, ni recibe financiación de ninguna compañía u organización que pueda obtener beneficio de este artículo, y ha declarado carecer de vínculos relevantes más allá del cargo académico citado.</span></em></p>En los últimos tiempos se han extrapolado a los animales los cambios sociales y de mentalidad en relación con los derechos de los individuos. ¿A todos por igual? ¿O según sus capacidades cognitivas?Paul Palmqvist Barrena, Catedrático de Paleontología, Universidad de MálagaLicensed as Creative Commons – attribution, no derivatives.tag:theconversation.com,2011:article/1130062019-03-06T22:00:17Z2019-03-06T22:00:17ZMujer en el tiempo de los derechos<figure><img src="https://images.theconversation.com/files/262519/original/file-20190306-100790-6akcbj.jpg?ixlib=rb-1.1.0&rect=8%2C0%2C5982%2C3988&q=45&auto=format&w=496&fit=clip" /><figcaption><span class="caption">Manifestación del 8 de marzo de 2017 en Madrid.</span> <span class="attribution"><a class="source" href="https://www.shutterstock.com/es/image-photo/madrid-spain-march-8-2017-thousands-599511608">Marcos del Mazo Valentin / Shutterstock</a></span></figcaption></figure><p>Hablar sobre Derechos siempre nos enfrenta a una curiosa dicotomía, la del trecho que media entre enunciar un derecho y disfrutarlo. </p>
<p>En realidad, este asunto de la igualdad, el respeto a la dignidad y el tratamiento paritario de todas las personas ya debía haberse resuelto el 26 de agosto de 1789 con la “<a href="https://es.wikipedia.org/wiki/Declaraci%C3%B3n_de_los_derechos_del_hombre_y_del_ciudadano">Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano</a>”, momento histórico en el que la asamblea constituyente de la República Francesa enunció con valor universal el principio de que “todos los hombres nacen libres e iguales en derechos”. </p>
<p>Y sin embargo, el problema fue, ya entonces, que dicha declaración no amparaba a las mujeres, a los esclavos, a los convictos y ni siquiera otorgaba el voto a quienes no fueran ciudadanos rentistas. Cuando mencionaban a los hombres (y sólo a algunos hombres) lo hacían en serio, puesto que por encima de los enunciados excelsos había una ideología (patriarcal) y una política jurídica; la ciudadanía era un estatus burgués y de clase, no aplicable a todo el mundo.</p>
<h2>Corrigiendo los derechos</h2>
<p><a href="https://es.wikipedia.org/wiki/Olympe_de_Gouges">Olimpia de Gougues</a> intentó paliar este pequeño defecto de perspectiva con la “<a href="https://es.wikipedia.org/wiki/Declaraci%C3%B3n_de_los_Derechos_de_la_Mujer_y_de_la_Ciudadana">Declaración de los derechos de la mujer y de la ciudadana</a>” en 1791, pero su propuesta fue rechazada tajantemente, en la guillotina. </p>
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<a href="https://images.theconversation.com/files/262371/original/file-20190306-48447-qp2wh6.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=45&auto=format&w=1000&fit=clip"><img alt="" src="https://images.theconversation.com/files/262371/original/file-20190306-48447-qp2wh6.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=45&auto=format&w=237&fit=clip" srcset="https://images.theconversation.com/files/262371/original/file-20190306-48447-qp2wh6.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=45&auto=format&w=600&h=737&fit=crop&dpr=1 600w, https://images.theconversation.com/files/262371/original/file-20190306-48447-qp2wh6.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=30&auto=format&w=600&h=737&fit=crop&dpr=2 1200w, https://images.theconversation.com/files/262371/original/file-20190306-48447-qp2wh6.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=15&auto=format&w=600&h=737&fit=crop&dpr=3 1800w, https://images.theconversation.com/files/262371/original/file-20190306-48447-qp2wh6.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=45&auto=format&w=754&h=926&fit=crop&dpr=1 754w, https://images.theconversation.com/files/262371/original/file-20190306-48447-qp2wh6.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=30&auto=format&w=754&h=926&fit=crop&dpr=2 1508w, https://images.theconversation.com/files/262371/original/file-20190306-48447-qp2wh6.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=15&auto=format&w=754&h=926&fit=crop&dpr=3 2262w" sizes="(min-width: 1466px) 754px, (max-width: 599px) 100vw, (min-width: 600px) 600px, 237px"></a>
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<span class="caption">Olimpia de Gouges.</span>
<span class="attribution"><a class="source" href="https://commons.wikimedia.org/wiki/File:Marie-Olympe-de-Gouges.jpg">Wikimedia Commons</a></span>
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<p>Doscientos treinta años después, a pesar de todos nuestros avances, y aunque parezca mentira, seguimos sin realizar un enfoque frontal del tema de la igualdad, pues la lucha social se ha centrado en logros reivindicativos (y hemos logrado muchos), en ocasiones en la creación de políticas jurídicas, pero raramente en el modelo ideológico que respalda la igualdad. A día de hoy, podemos proclamar sin reparos que, conseguida la declaración formal de igualdad entre hombres y mujeres, ésta no existe aún como realidad en la ejecución de los derechos ciudadanos.</p>
<p>Es verdad. Resulta obligado reconocer los avances que la sociedad occidental ha realizado en materia de igualdad de género, aunque sin perder de vista que no son logros universales. Tengamos presentes no sólo anécdotas como el recientemente adquirido derecho de las mujeres saudíes a conducir, sino <a href="http://www.worldbank.org/en/search?q=women&currentTab=1&label=2710001431">el abrumador peso</a> de <a href="http://www.unwomen.org/en/how-we-work/research-and-data/publications">las cifras globales</a>. Esas cifras que nos indican que, <a href="https://blogs.worldbank.org/opendata/es/las-diferencias-de-genero-que-nos-quedan-por-eliminar">aunque las mujeres muestran rendimientos académicos y comprensión idéntica a la de los hombres</a>, sólo 84 Estados permiten a las mujeres realizar los mismos trabajos que a los hombres, sólo en 76 hay normas sobre equiparación de salarios, y aun en estos existe una brecha salarial que de media es del 24%. </p>
<p><a href="https://blogs.worldbank.org/opendata/es/igualdad-de-genero-que-muestran-los-datos-en-2016">149 sobre 194 Estados prohíben el matrimonio infantil</a>, 2/3 de los Estados que sufren altos niveles de violencia doméstica tienen leyes contra dicha práctica, lo que no ha evitado que en la mayoría de los mismos una de cada tres mujeres afirme haber sufrido violencia infligida por su pareja. Cerca del 70% de las mujeres tienen una banda de ingresos bajo o mediano-bajo, frente a un 30% de hombres y sólo el 17% de las firmas comerciales tienen mujeres como altos cargos directivos. </p>
<p>Si abordamos <a href="https://theconversation.com/los-paises-que-discriminan-por-genero-registran-mas-muertes-de-ninas-a-edades-tempranas-107258">la diferencia que supone ser niña</a> en este mundo sencillamente veremos que ser vestida de rosa al nacer implica tres veces más posibilidades de ser pobre, de ser reducida a trabajos no remunerados o de morir por falta de asistencia, violencia de género o marginación. Como mujer trans aun señalaría que toda estadística empeora si le sumas factores de marginalidad como pertenecer a una minoría racial, religiosa o sexual. A las mujeres trans lo primero que nos ocurre es que nos pasamos la vida justificando que somos y tenemos derecho a ser parte de esta mayoría discriminada que es la condición femenina. </p>
<h2>La realidad de los datos</h2>
<p>Todo esto ocurre en países firmantes de la <a href="http://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/">Declaración Universal de los Derechos Humanos</a> desde 1948 y que, como se ha indicado, han promulgado leyes de igualdad y contra la violencia en la mayoría de los casos. Ahora que también vivimos el tiempo de los movimientos anti-derechos, se nos contesta con frecuencia que como mujeres europeas no podemos quejarnos, pues para nosotras la igualdad es ya un derecho inalienable y la igualdad real una simple cuestión de mérito y esfuerzo. <a href="https://www.derechoshumanos.net/constitucion/articulo14CE.htm">Tenemos igualdad constitucional</a>, normativas laborales anti discriminatorias (13 Directivas de la UE anti-discriminación desde 1970, <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430&p=20151024&tn=1#a4">el Estatuto de los Trabajadores</a> y <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-25444&tn=1&p=20190302#a313">el Código Penal</a>) y por supuesto normativa sanitaria como la <a href="https://www.boe.es/eli/es/l/2006/05/26/14/con">Ley de técnicas de reproducción humana asistida</a> (derecho al aborto y planificación familiar, derecho a la educación sexual…) y <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-21760">normativas de prevención y lucha contra la violencia de género</a>.</p>
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<a href="https://images.theconversation.com/files/262381/original/file-20190306-48429-1c1ptkl.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=45&auto=format&w=1000&fit=clip"><img alt="" src="https://images.theconversation.com/files/262381/original/file-20190306-48429-1c1ptkl.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=45&auto=format&w=237&fit=clip" srcset="https://images.theconversation.com/files/262381/original/file-20190306-48429-1c1ptkl.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=45&auto=format&w=600&h=428&fit=crop&dpr=1 600w, https://images.theconversation.com/files/262381/original/file-20190306-48429-1c1ptkl.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=30&auto=format&w=600&h=428&fit=crop&dpr=2 1200w, https://images.theconversation.com/files/262381/original/file-20190306-48429-1c1ptkl.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=15&auto=format&w=600&h=428&fit=crop&dpr=3 1800w, https://images.theconversation.com/files/262381/original/file-20190306-48429-1c1ptkl.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=45&auto=format&w=754&h=538&fit=crop&dpr=1 754w, https://images.theconversation.com/files/262381/original/file-20190306-48429-1c1ptkl.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=30&auto=format&w=754&h=538&fit=crop&dpr=2 1508w, https://images.theconversation.com/files/262381/original/file-20190306-48429-1c1ptkl.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=15&auto=format&w=754&h=538&fit=crop&dpr=3 2262w" sizes="(min-width: 1466px) 754px, (max-width: 599px) 100vw, (min-width: 600px) 600px, 237px"></a>
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<span class="caption">En muchos lugares del mundo es decisivo nacer siendo niño o niña.</span>
<span class="attribution"><a class="source" href="https://unsplash.com/photos/XoBWUBA3Amg">Loren Joseph / Unsplash</a>, <a class="license" href="http://creativecommons.org/licenses/by/4.0/">CC BY</a></span>
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<p>En este campo resulta, además, que vivimos en un país ejemplar que no sólo ha enunciado la igualdad de derechos, sino que además ha articulado políticas de igualdad y ha cerrado un pacto de Estado contra la violencia de género. ¿Qué más podemos pedir? ¿De qué nos quejamos? ¡Vivimos en la era de los derechos de la mujer! </p>
<p>Sin embargo, también es de rabiosa actualidad el impacto mediático del aparentemente ingente número de hombres (y hasta mujeres) que se sienten “acosados y discriminados” por las “leyes de ideología de género”. Al parecer no sólo habríamos llegado a la igualdad, sino que, además, nos habríamos pasado acelerando y comenzado a atropellar al antaño género dominante. Frente a este movimiento de reacción, que lleva años fraguándose en el seno de integrismos religiosos y ultranacionalistas nostálgicos del “orden natural”, parece que bien poco le vale la realidad de los hechos. </p>
<p><a href="http://rua.ua.es/dspace/handle/10045/49731%20%20https://www.researchgate.net/profile/Olga_Canto/publication/23565866_Poverty_and_Gender_Wage_Discrimination_in_Spain/links/556c82b908aeab7772231567.pdf">Da igual acreditar</a> que las mujeres españolas cobran de media 4.745 € menos que los hombres, que su jubilación es un 37% más baja o que 3,2 millones de trabajadoras ingresan por debajo del Salario mínimo interprofesional. </p>
<p>Basta con un par de titulares y unos cuantos memes en redes sociales para poner en cuestión que <a href="http://estadisticasviolenciagenero.igualdad.mpr.gob.es/">las denuncias judiciales por violencia de género de los últimos diez</a> años oscilan entre las 135.539 (2009) y las 125.223 (2018), que <a href="http://www.rtve.es/noticias/20181124/asesinadas-972-mujeres-27-menores-violencia-machista-espana-desde-2003/1842984.shtml">entre 2003 y 2018 hay al menos 972 mujeres asesinadas por violencia machista</a> (sin contar a los niños y victimas adyacentes) o que hay un total 533.233 expedientes sobre 482.783 víctimas <a href="http://www.interior.gob.es/documents/642012/9896454/datos+estadisticos+enero+2019/226848ff-65aa-493f-b4a4-4326d90eecd4">registrados por el Ministerio de Interior en 2019</a>. Por supuesto, no mencionemos que eso sólo son los casos denunciados y tratados por los ministerios de justicia e interior, que aquí no se computan otro tipo de violencias más sutiles o que las mujeres trans no somos integradas en la estadística. </p>
<h2>La igualdad es ideológica</h2>
<p>¡Y es que da igual! Podemos llenar de números libros enteros, sin comprender que ésta, más allá de ser una lucha por la ley, por logros concretos como el derecho al aborto, la remuneración de los cuidados o la equiparación salarial de las mujeres, es ante todo una lucha ideológica y cultural. Que no existirá un ejercicio igualitario de los derechos hasta que no abordemos la realidad del marco ideológico que vive nuestra sociedad. </p>
<p>Cuando los sectores más reaccionarios de nuestra sociedad acusan a la ley de hacer ideología de género, ¡es verdad¡. Toda ley de igualdad y no discriminación es ideológica. Lo absurdo es que se pretenda defender una neutralidad que no existe para justificar la inacción, la no implementación de políticas sociales o la erradicación de las normas tutelares, porque eso, precisamente, también es ideología. La ideología que defiende el statu quo, la que toma partido por conservar las relaciones de poder y desigualdad que genera un sistema históricamente patriarcal y que se ve ahora cuestionado. </p>
<p>Si algo nos demuestra la ya dilatada historia por los Derechos humanos y la igualdad, es que promulgar una ley sólo es poner una herramienta para la lucha igualitaria, pero que sin políticas sociales de apoyo y sin una ideología firme de respaldo, toda ley se convierte con facilidad en papel mojado. En un enunciado excelso alejado de la realidad de los ciudadanos que deberían verse amparados por la ley. </p>
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<a href="https://images.theconversation.com/files/262383/original/file-20190306-48426-xqor9t.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=45&auto=format&w=1000&fit=clip"><img alt="" src="https://images.theconversation.com/files/262383/original/file-20190306-48426-xqor9t.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=45&auto=format&w=237&fit=clip" srcset="https://images.theconversation.com/files/262383/original/file-20190306-48426-xqor9t.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=45&auto=format&w=600&h=422&fit=crop&dpr=1 600w, https://images.theconversation.com/files/262383/original/file-20190306-48426-xqor9t.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=30&auto=format&w=600&h=422&fit=crop&dpr=2 1200w, https://images.theconversation.com/files/262383/original/file-20190306-48426-xqor9t.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=15&auto=format&w=600&h=422&fit=crop&dpr=3 1800w, https://images.theconversation.com/files/262383/original/file-20190306-48426-xqor9t.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=45&auto=format&w=754&h=530&fit=crop&dpr=1 754w, https://images.theconversation.com/files/262383/original/file-20190306-48426-xqor9t.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=30&auto=format&w=754&h=530&fit=crop&dpr=2 1508w, https://images.theconversation.com/files/262383/original/file-20190306-48426-xqor9t.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=15&auto=format&w=754&h=530&fit=crop&dpr=3 2262w" sizes="(min-width: 1466px) 754px, (max-width: 599px) 100vw, (min-width: 600px) 600px, 237px"></a>
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<span class="caption">Manifestación del 8M en Zaragoza, 2018.</span>
<span class="attribution"><a class="source" href="https://www.flickr.com/photos/31112252@N00/25828201287">Gaudencio Garcinuño / Flickr</a>, <a class="license" href="http://creativecommons.org/licenses/by-sa/4.0/">CC BY-SA</a></span>
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<p>La ley más clara y terminante del mundo en contra de la discriminación es susceptible de interpretarse <em>a sensu contrario</em> o de verse neutralizada por un ataque ideológico. Para muestra, la reciente sentencia de la Corte Suprema de los EEUU, <a href="https://www.aclu.org/legal-document/craig-and-mullins-v-masterpiece-cakeshop-decision">caso Mullins-Craig contra Phillips</a> en junio 2018, en el que dos hombres gais alegaron ser discriminados por la negativa del pastelero Mullins a venderles un pastel de bodas por objeción de conciencia religiosa contra el ejemplo de vida “anticristiano” de la pareja. </p>
<p>Contra todo pronóstico, una corte sesgada por la reciente elección de varios miembros anti “políticas de género” apreció que el Sr. Mullins se había visto “gravemente discriminado en sus sentimientos religiosos” por la imposición estatal de no discriminar a la pareja. El fallo fue prontamente jaleado por las iglesias cristianas, destacados miembros del partido republicano y de movimientos integristas variados, y hoy ya constituye un ejemplo con valor universal del argumentario anti derechos de cualquier movimiento integrista que se precie. Cualquier lector puede percibir el peligro subyacente; una normativa anti discriminación de la minoría es aplicada en favor de un miembro de la mayoría discriminante para consolidar una sociedad segregada por grupos. Imaginemos que en lugar de un pastel de bodas estuviéramos hablando de una prestación sanitaria o educativa…</p>
<p>En este contexto, y en una sociedad que opera fundamentalmente por criterios de opinión pública, y esta última por campañas mediáticas, resulta necesario plantearse el buenismo de intentar formular leyes que otorgan logros parciales por la igualdad (¡ojo, muy importantes¡) sin blindar el marco ideológico interpretativo de las mismas. O dicho de otra forma, sin denunciar la “ideología de género” machista, que obstaculiza la realización de dichos logros o cuestiona los fines últimos de la norma con una ingente batería de argumentos. </p>
<p>Legislar el género no es una labor que pueda realizarse con neutralidad o equidistancia. El miedo a ofender sensibilidades se convierte aquí en un arma de doble filo. Por desgracia, en materia de Derechos humanos no se legisla “para todos”. Se legisla para los necesitados de tutela y con la conciencia de que existe una resistencia al cumplimiento. Si no, con la cantidad de declaraciones de derechos humanos que llevamos, hacía tiempo que estaríamos en una sociedad inclusiva e igualitaria. La igualdad exige militancia del poder público, ideología sí, y políticas sociales de respaldo, más allá de encomendar a los más débiles que consigan defenderse con los mimbres de una ley contra un entramado social, económico, ideológico y de poder que desconfía, se resiste o se opone al cambio social. </p>
<p>La ley no sólo debe prometer amparo a (la) más débil, también debe velar porque esos derechos lleguen a ser una realidad.</p><img src="https://counter.theconversation.com/content/113006/count.gif" alt="The Conversation" width="1" height="1" />
<p class="fine-print"><em><span>Marina Echebarría Sáenz no recibe salario, ni ejerce labores de consultoría, ni posee acciones, ni recibe financiación de ninguna compañía u organización que pueda obtener beneficio de este artículo, y ha declarado carecer de vínculos relevantes más allá del cargo académico citado.</span></em></p>La lucha social feminista se ha centrado en logros reivindicativos, en ocasiones en la creación de políticas jurídicas, pero no se ha realizado un enfoque frontal del tema de la igualdad.Marina Echebarría Sáenz, Profesora de Derecho Mercantil acreditada a cátedras, Universidad de ValladolidLicensed as Creative Commons – attribution, no derivatives.tag:theconversation.com,2011:article/1042522018-11-23T22:33:35Z2018-11-23T22:33:35ZVolver a los derechos fundamentales con perspectiva de género<figure><img src="https://images.theconversation.com/files/246182/original/file-20181119-76144-15xgr0f.jpg?ixlib=rb-1.1.0&rect=1%2C0%2C997%2C664&q=45&auto=format&w=496&fit=clip" /><figcaption><span class="caption">Miles de mujeres participan en la marcha Feminista del Día de la Mujer en el centro de Madrid el 8 de marzo de 2018.</span> <span class="attribution"><a class="source" href="https://www.shutterstock.com/es/image-photo/madrid-spain-march-8-2018-thousands-1047425482">Shutterstock / Aranami</a></span></figcaption></figure><p>En una reciente sentencia, el <a href="http://hj.tribunalconstitucional.es/docs/BOE/BOE-A-2018-15847.pdf">Tribunal Constitucional ha establecido</a> que la diferencia de duración entre los permisos de paternidad y maternidad no es discriminatoria. La razón: considerar que el permiso de maternidad puede ser distinto por razones biológicas, al vincularse al parto.</p>
<p>Desde los movimientos feministas y el ámbito académico, se considera que esta sentencia era la ocasión perfecta para haber protegido los derechos fundamentales desde la perspectiva de género. </p>
<p>La magistrada María Luisa Balaguer Callejón (una de las dos únicas magistradas que en la actualidad forman parte del pleno del Tribunal, compuesto por 12 miembros) <a href="http://hj.tribunalconstitucional.es/HJ/es/Resolucion/Show/25767#complete_resolucion&votos">ha emitido un voto particular a la Sentencia</a>. Este voto es una perfecta expresión de la aplicación de la perspectiva de género al derecho fundamental a la igualdad y la no discriminación. En su texto afirma que la diferencia en la ley constituye “un modelo indefectiblemente discriminatorio”.</p>
<h2>La perspectiva de género y el derecho</h2>
<p>Incluir la perspectiva de género en el ámbito jurídico no supone reivindicar el activismo judicial, entendido como justicia material al margen de la ley y el derecho. No supone apelar a la arbitrariedad ni la parcialidad. Al contrario, la perspectiva o análisis de género es una herramienta para hacer visibles las desigualdades presentes en las relaciones entre mujeres y hombres. En particular, para conocer la influencia del género en la creación y aplicación del derecho. </p>
<p>En este sentido, incluir la perspectiva de género significa respetar el <a href="http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=14&tipo=2">mandato constitucional de igualdad y no discriminación del artículo 14</a>, así como la obligación de <a href="http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=9&tipo=2">remover los obstáculos que dificultan el disfrute de una igualdad real (art.9.2)</a>. La perspectiva de género es, en este sentido, una forma de preguntarnos si una determinada regulación lesiona el derecho a la igualdad de, en principio, las mujeres. Digo en principio porque una de las grandezas de la categoría de género es que su capacidad emancipadora se ha extendido a otras reivindicaciones.</p>
<p>De esta manera, aludir a la perspectiva de género tan solo implica atender a las consecuencias que, para los derechos de las mujeres, tiene una determinada decisión. Esta perspectiva, aplicada al derecho y en particular a la Constitución, nos permite analizar tanto los derechos fundamentales recogidos en ella como sus silencios.</p>
<h2>“La mujer nace libre y permanece igual al hombre en derechos” (Olympe de Gouges)</h2>
<p>Hace tiempo que los movimientos antidiscriminatorios (antirracistas, feministas…) demostraron la falacia de la universalidad de los derechos humanos. A pesar de la famosa <a href="https://www.conseil-constitutionnel.fr/sites/default/files/as/root/bank_mm/espagnol/es_ddhc.pdf">Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789</a>, aprobada en el marco de la Revolución Francesa, las mujeres siguieron excluidas del disfrute de los derechos de ciudadanía. Olympe de Gouges denunció tempranamente esta exclusión en su <a href="http://clio.rediris.es/n31/derechosmujer.pdf">Declaración de Derechos de la Mujer y la Ciudadana</a>.</p>
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<img alt="" src="https://images.theconversation.com/files/246172/original/file-20181119-76131-l45i7x.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=45&auto=format&w=237&fit=clip" srcset="https://images.theconversation.com/files/246172/original/file-20181119-76131-l45i7x.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=45&auto=format&w=600&h=781&fit=crop&dpr=1 600w, https://images.theconversation.com/files/246172/original/file-20181119-76131-l45i7x.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=30&auto=format&w=600&h=781&fit=crop&dpr=2 1200w, https://images.theconversation.com/files/246172/original/file-20181119-76131-l45i7x.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=15&auto=format&w=600&h=781&fit=crop&dpr=3 1800w, https://images.theconversation.com/files/246172/original/file-20181119-76131-l45i7x.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=45&auto=format&w=754&h=981&fit=crop&dpr=1 754w, https://images.theconversation.com/files/246172/original/file-20181119-76131-l45i7x.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=30&auto=format&w=754&h=981&fit=crop&dpr=2 1508w, https://images.theconversation.com/files/246172/original/file-20181119-76131-l45i7x.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=15&auto=format&w=754&h=981&fit=crop&dpr=3 2262w" sizes="(min-width: 1466px) 754px, (max-width: 599px) 100vw, (min-width: 600px) 600px, 237px">
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<span class="caption">Retrato de Olympe De Gouges por Alexandre Kucharski.</span>
<span class="attribution"><a class="source" href="https://commons.wikimedia.org/wiki/File:OlympeDeGouge.jpg">Wikimedia Commons</a></span>
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<p>La falta de protección frente a las vulneraciones de derechos de las mujeres (por ejemplo, las violaciones masivas en el marco de la guerra) por parte de los tratados internacionales llevó a preguntarse <a href="http://www.hup.harvard.edu/catalog.php?isbn=9780674025554">si acaso las mujeres no eran humanas</a>.</p>
<p>Conforme a la perspectiva de género, podríamos preguntarnos, por ejemplo, por qué nuestra Constitución no reconoce los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. Actualmente, estos derechos a nuestro cuerpo y nuestra libertad sexual, tradicionalmente sometida a control, <a href="https://www.boe.es/buscar/pdf/2010/BOE-A-2010-3514-consolidado.pdf">están solo garantizados en una ley</a>, y no tienen la consideración de fundamentales.</p>
<p>Podemos preguntarnos por qué la Constitución no ha considerado que la representación equilibrada desde el punto de vista del sexo es necesaria para la democracia. Y, teniendo en cuenta las múltiples perspectivas de la violencia contra las mujeres, hay que preguntarse por qué no se refleja en la Constitución el derecho a una vida libre de violencia de género. Otra duda: si las víctimas de las agresiones sexuales no fueran, de manera mayoritaria, las mujeres y los menores de edad, ¿se reconocería en la Constitución el derecho a la integridad sexual como un derecho específico?</p>
<p>Desde un punto de vista global, este enfoque de género permite preguntarse por qué la Constitución no ha sido reformada desde el punto de vista del lenguaje inclusivo. Muchas personas pensarán que éste es un debate innecesario, al tener el masculino una vocación genérica. Sin embargo, nuestra propia historia constitucional y la de nuestro entorno, como se ha visto, desmiente esta vocación inclusiva. Históricamente, cuando las Constituciones han hablado de los hombres, han excluido a las mujeres. Si esta vez es diferente (y lo es), ¿por qué no habría de (re)escribirse la Constitución?</p>
<h2>Viejos derechos vistos con gafas (moradas) nuevas</h2>
<p>La perspectiva de género también permite (re)interpretar los derechos fundamentales. <a href="http://www.rtve.es/noticias/20080514/constitucional-avala-penas-mas-duras-hombres-casos-maltrato/53490.shtml">En 2008, el Tribunal Constitucional entendió que la diferencia de trato penal entre hombres y mujeres no era discriminatoria</a>. La razón: considerar que la violencia de género expresa la desigualdad estructural de las mujeres, por lo que el legislador podía entender que merecía un mayor reproche social.</p>
<p><a href="https://www.youtube.com/watch?v=zb5iNK0jzh0">El Tribunal Constitucional también validó la constitucionalidad de la obligación de que las listas electorales sean paritarias</a>. Es interesante señalar que en Italia, la Corte Costituzionale consideró necesaria una reforma constitucional, pese a las similitudes entre nuestras Constituciones.</p>
<p>Un último apunte: el ámbito laboral es uno de los que mejor permite ver las posibilidades de la perspectiva de género. Baste pensar en las medidas que en un primer momento fueron pioneras en el campo de la conciliación, como el permiso de maternidad mencionado al inicio de este texto. A la luz del concepto de <em>corresponsabilidad</em>, la disparidad de trato se ve con recelo. Transcurridas las seis semanas que se vinculan a la recuperación por parto, no hay justificación para la diferencia de trato: ambos progenitores pueden asumir los cuidados necesarios. </p>
<p>Según el voto particular, se produce una discriminación indirecta, ya que las mujeres resultan perjudicadas en el acceso al empleo. La discriminación indirecta se produce cuando la medida es aparentemente neutral. Por eso, en este caso, me inclino más por pensar que la discriminación es, realmente, una discriminación directa. Hay una diferencia de trato por razón de sexo que no está justificada. A mi modo de ver, pervive en el fondo la consideración de roles que anuda los cuidados, en primer momento, a la madre.</p>
<p>En conclusión, el derecho es una creación social y, como tal, incorpora –consciente o inconscientemente– los roles, prejuicios y estructuras de desigualdad de la sociedad que lo crea. La perspectiva de género, <a href="http://dx.doi.org/10.3989/arbor.2013.763n5007">“hermenéutica de la sospecha” en palabras de Alicia Puleo</a>, proyecta una luz crítica sobre estas situaciones y permite desenmascararlas.</p><img src="https://counter.theconversation.com/content/104252/count.gif" alt="The Conversation" width="1" height="1" />
<p class="fine-print"><em><span>María Ludivina Valvidares Suárez es miembro de Acción en red Asturies y Cruz Roja española.</span></em></p>Durante mucho tiempo, los derechos fundamentales no han tenido en cuenta al 50% de la población. Poco a poco se van dando cambios, pero aún queda trabajo por hacer.María Ludivina Valvidares Suárez, Profesora de Derecho Constitucional, Universidad de OviedoLicensed as Creative Commons – attribution, no derivatives.tag:theconversation.com,2011:article/1044652018-10-24T21:07:30Z2018-10-24T21:07:30ZLos derechos de más de 120.000 españoles en Reino Unido, pendientes del Brexit<figure><img src="https://images.theconversation.com/files/241878/original/file-20181023-169813-1cr7vq3.jpg?ixlib=rb-1.1.0&rect=0%2C0%2C3500%2C2321&q=45&auto=format&w=496&fit=clip" /><figcaption><span class="caption">
</span> <span class="attribution"><a class="source" href="https://www.shutterstock.com/es/image-photo/brexit-flags-united-kingdom-european-union-442032913">Shutterstock / Delpixel</a></span></figcaption></figure><p>A apenas cinco meses de la ruptura oficial entre Reino Unido y la Unión Europea, una de las mayores preocupaciones para los 127.920 españoles residentes al otro lado del Canal de la Mancha es qué ocurrirá con sus derechos como ciudadanos europeos en el momento en que dejen de ser extranjeros de primera en uno de los Estados miembros que conforman la Unión. </p>
<p>Ante la posibilidad de un “<em>hard Brexit</em>”, las libertades de las que todo ciudadano europeo goza por su condición de ser nacional de un miembro de la UE -libre circulación de personas, mercancías, servicios y capitales- podrían desaparecer porque “<em>Brexit is Brexit</em>”, como en más de una ocasión ha afirmado la Primera ministra Theresa May. </p>
<p>Pero vayamos a la esencia de este gran proyecto de paz que es la UE: el estatus de <a href="https://europa.eu/european-union/topics/eu-citizenship_es">ciudadano europeo</a> que ahora, cuando nos acercamos al precipicio, intenta ser blindado con una <a href="http://ec.europa.eu/citizens-initiative/public/initiatives/open/details/2018/000003">Iniciativa Ciudadana Europea</a>, para que esa situación no desaparezca, aunque el Estado al que pertenezca el individuo deje de formar parte del club comunitario. </p>
<h2>Residencia permanente (<em>Settle Status</em>)</h2>
<p>¿Qué ocurrirá con los 3 millones de europeos en suelo británico que ahora mismo pueden, entre otras cosas, residir y circular libremente en toda la UE o ejercer su derecho al voto activo y pasivo en elecciones locales y europeas? Que no cunda el pánico, porque no serán deportados si residen de forma regular en dicho país. </p>
<p>Algunas de las respuestas a las <a href="https://ec.europa.eu/commission/sites/beta-political/files/2017-12-12_qa_citizens_rights_es.pdf">preguntas más frecuentes</a> publicadas por la Comisión Europea en diciembre de 2017 recogen que, una vez completados cinco años de residencia legal en Reino Unido, contando con el periodo previo al Brexit y el transitorio (entre el 29 de marzo de 2019 y el 31 de diciembre de 2020) se podrá solicitar un nuevo estatuto permanente en Reino Unido. De <a href="http://www.mitramiss.gob.es/es/mundo/Revista/Revista218/149.pdf">dicho trato</a> se desprende que no habrá una fecha límite a partir de la cual se extingan los derechos. </p>
<p>Existen dos formas para realizar el trámite:</p>
<ul>
<li><p>Por una parte, si ya se reside en el país legalmente desde hace cinco años en adelante, se podrá solicitar el <em>Settle Status</em>, que sería un documento que permite permanecer indefinidamente en Reino Unido.</p></li>
<li><p>Por otra parte, si ese periodo de residencia es menor a cinco años, se podrá solicitar el <em>Pre-Settle Status</em>, que permite continuar hasta media década para luego pedir el <em>Settle Status</em>. </p></li>
</ul>
<p>Aunque aún no se ha abierto el plazo de solicitud, se prevé que el Gobierno británico lo haga a finales de 2018 en un proceso que terminará en junio de 2021. Actualmente, se ha empezado a aplicar como proyecto piloto, para probar el software, a ciertos grupos, como estudiantes universitarios o empleados de salud. </p>
<p>Todas aquellas personas que gocen de protección al amparo del acuerdo de retirada mantendrán sus derechos y su estatuto definitivo. Sin embargo, en el caso de Reino Unido, el nuevo estatuto de residencia permanente se extingue si una persona se ausenta del Estado de acogida durante un periodo ininterrumpido de más de cinco años. </p>
<p>Según informan desde la Asociación <a href="https://www.the3million.org.uk/">The3Millions</a>, entidad sin ánimo de lucro que se dedica a defender los derechos de los europeos residentes en el país, en caso de que no haya acuerdo, y no se firme el de retirada, el estatus de asentamiento se aplicaría porque de todas formas habría que documentar a los europeos residentes antes de marzo de 2019 para diferenciarlos de los que entren posteriormente de acuerdo con las nuevas leyes migratorias que el Gobierno británico decida aplicar. </p>
<p>En esta misma línea, The3Millions defiende que en el caso de residentes actuales o con anterioridad a marzo de 2019, la posible ausencia de un acuerdo con la UE devaluaría el estatus de asentamiento porque ya no formaría parte de un tratado internacional entre la Unión y Reino Unido. Además, el <em>Settle Status</em> se adaptaría a la legislación interna británica sin garantías de que Reino Unido aplicase concesiones recogidas en el acuerdo de retirada como la reunificación familiar, una ausencia del país de hasta cinco años sin perder dicho status u ocho años amparados por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).</p>
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<a href="https://images.theconversation.com/files/241888/original/file-20181023-169828-1n5q2jh.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=45&auto=format&w=1000&fit=clip"><img alt="" src="https://images.theconversation.com/files/241888/original/file-20181023-169828-1n5q2jh.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=45&auto=format&w=754&fit=clip" srcset="https://images.theconversation.com/files/241888/original/file-20181023-169828-1n5q2jh.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=45&auto=format&w=600&h=187&fit=crop&dpr=1 600w, https://images.theconversation.com/files/241888/original/file-20181023-169828-1n5q2jh.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=30&auto=format&w=600&h=187&fit=crop&dpr=2 1200w, https://images.theconversation.com/files/241888/original/file-20181023-169828-1n5q2jh.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=15&auto=format&w=600&h=187&fit=crop&dpr=3 1800w, https://images.theconversation.com/files/241888/original/file-20181023-169828-1n5q2jh.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=45&auto=format&w=754&h=235&fit=crop&dpr=1 754w, https://images.theconversation.com/files/241888/original/file-20181023-169828-1n5q2jh.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=30&auto=format&w=754&h=235&fit=crop&dpr=2 1508w, https://images.theconversation.com/files/241888/original/file-20181023-169828-1n5q2jh.jpg?ixlib=rb-1.1.0&q=15&auto=format&w=754&h=235&fit=crop&dpr=3 2262w" sizes="(min-width: 1466px) 754px, (max-width: 599px) 100vw, (min-width: 600px) 600px, 237px"></a>
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<span class="caption">El Peñón de Gibraltar con La Línea de la Concepción al fondo.</span>
<span class="attribution"><a class="source" href="https://commons.wikimedia.org/wiki/File:Top_of_the_Rock_of_Gibraltar.jpg">Wikimedia Commons / RedCoat</a>, <a class="license" href="http://creativecommons.org/licenses/by-sa/4.0/">CC BY-SA</a></span>
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<h2>La singularidad de Gibraltar</h2>
<p>En España, y en particular Andalucía, se está muy atento a la definición final del borde entre Irlanda del Norte y la República de Irlanda, puesto que la otra frontera terrestre que quedaría con la UE sería la que separa la provincia de Cádiz con Gibraltar. Las rencillas diplomáticas entre España y Reino Unido, a propósito del posible escenario futuro del Campo de Gibraltar cuando se efectúe el Brexit, exige, a ambos lados de la verja, una especial comprensión desde Bruselas, Madrid y Londres.</p>
<p>Según datos oficiales del Gobierno de Gibraltar, <em>The Rock</em> genera más de 7.000 puestos de trabajo para españoles que cruzan diariamente la frontera procedentes de localidades gaditanas como San Roque o La Línea de la Concepción, donde el paro roza el 30%, frente al técnicamente inexistente de Gibraltar, un 0,5%. Las estadísticas muestran que 13.121 personas cruzan cada día el paso para trabajar en el Peñón. Dicha cifra era de 12.356 trabajadores a finales de 2016, lo que implica un aumento del 6,2% en el primer semestre del año.</p>
<p>Además, este territorio de ultramar contribuye al Campo de Gibraltar con una cifra que se encuentra entre los 847 y los 1.000 millones de libras al PIB de dicho lugar. <em>Wherever it may be, it will be</em>, Peñón o al otro lado del Canal de La Mancha, lo que sí es cierto es que lo único que cabría son acuerdos posteriores en el marco de uno comercial que no se limite a la libre circulación de mercancías, sino que contemple también a trabajadores, como así lo establecen tratados de libre comercio con países terceros como Canadá o Marruecos. </p>
<p>No obstante, cabe aclarar que, al ser una competencia comunitaria, el acuerdo con Reino Unido deberá ser realizado con la UE, no solo con España, lo que supondrá una mayor dificultad ya que, una vez firmado, deberá ser ratificado por todos. </p>
<p>En cualquier caso, son tantos los intereses recíprocos y las “solidaridades de hecho” asentadas en estos 45 años de vida en común (32 para los españoles), que no es esperable el escenario de ruptura total de la relación. <em>But we still haven’t found what we’re looking for</em>. </p>
<h2>¿Y si todo esto solo ha sido una pesadilla?</h2>
<p>La paciencia de los británicos se acaba. No solo porque el arrepentimiento sobrevuela especialmente los tejados de las casas londinenses, como Mary Poppins, sino porque son multitudinarias las manifestaciones a favor de un segundo referéndum para votar el acuerdo de salida definitivo. </p>
<p>Todo ello, si no estamos ante un hecho reversible. Justo lo que ha preguntado en <a href="https://www.bbc.com/news/uk-scotland-scotland-politics-45760209?ocid=wsnews.chat-apps.in-app-msg.whatsapp.trial.link1_.auin&fbclid=IwAR05uG5KoQeHZBUxjC6E891g5U4_cO3c9gC41vHGMQOoTAI9bjndFqC1a30">cuestión prejudicial</a> el Tribunal de Sesiones de Edimburgo al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Varios movimientos ciudadanos y diputados del Parlamento británico piden que se vuelva a someter a votación el deseo de dejar o no la Unión. Vista la premura del caso, el TJUE lo ha colocado en la vía rápida y conoceremos su parecer el próximo 27 de noviembre. Los españoles, como todos los europeos, nos mantendremos expectantes.</p>
<hr>
<p><em>Estas reflexiones emanan del Trabajo Fin del Máster en Estudios Europeos de la Universidad de Sevilla de la periodista <a href="https://es.linkedin.com/in/clarafajardo">Clara Fajardo</a>, colaboradora de esta pieza, quien defiende que el ‘Brexit es una oportunidad para relanzar el proyecto Europeo’, un proyecto de paz y solidaridades de hecho que se fortalece ante la duda sobre las ventajas de pertenencia a la UE que generó la primera petición de divorcio de la historia de la Unión.</em></p><img src="https://counter.theconversation.com/content/104465/count.gif" alt="The Conversation" width="1" height="1" />
<p class="fine-print"><em><span>Marycruz Arcos Vargas no recibe salario, ni ejerce labores de consultoría, ni posee acciones, ni recibe financiación de ninguna compañía u organización que pueda obtener beneficio de este artículo, y ha declarado carecer de vínculos relevantes más allá del cargo académico citado.</span></em></p>Las libertades de los ciudadanos europeos por su condición de ser nacionales de un Estado miembro de la UE (libre circulación de personas, mercancías, servicios y capitales) están en juego por la salida británica del club comunitario.Marycruz Arcos Vargas, Directora Centro de Documentación Europea, Universidad de SevillaLicensed as Creative Commons – attribution, no derivatives.