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Menor en riesgo, menor infractor: cómo limitar la reincidencia

En 2020 hubo más de 11 000 menores condenados en España. El perfil más común es varón, de 17 años, procedente fundamentalmente de Andalucía, Comunitat Valenciana o Cataluña (corredor mediterráneo); los delitos más comunes son robos, hurtos o lesiones. De todos estos menores, según diversos estudios, aproximadamente el 20 % volverán a cometer delitos.

Prevenir la reincidencia en los jóvenes entre los 14 y los 18 años ha sido uno de los mayores deseos de profesionales e investigadores implicados en el ámbito de los menores infractores, dado el sufrimiento que conlleva tanto para las víctimas y agresores, como para sus familias, y las consecuencias negativas que puede acarrear en el futuro.

Eliminar completamente esta espiral delictiva no es un objetivo realista. Sí lo es prevenir y disminuir la reincidencia juvenil.

El impulso transgresor

Somos animales sociales, con normas y convenciones que respetar, pero también somos proclives a cuestionarlas y transgredirlas. De hecho, la investigadora estadounidense Terrie E. Moffitt ha establecido la existencia de dos tipos de trayectorias delictivas en menores.

Por un lado, existen las trayectorias delictivas puntuales, que constituyen el 80 %. Se inician en la adolescencia temprana, con su mayor pico sobre los 17 años, y desaparecen al comienzo de la vida adulta.

Estas trayectorias se caracterizan por incluir delitos principalmente contra la propiedad, y suelen asociarse con el carácter exploratorio y de búsqueda de sensaciones propio del período adolescente.

Por otro lado, existen las denominadas trayectorias delictivas persistentes, que constituyen un 20 % aproximadamente, y que se inician en la infancia, persistiendo hasta la vida adulta.

En este tipo de trayectoria, mucho más seria, podemos encontrar un mayor porcentaje de chicos y de delitos contra las personas.

Factores de riesgo

Una vez establecido este objetivo realista, la estrategia principal para reducir la reincidencia juvenil se centraría en prevenir la aparición de factores de riesgo relacionados con la reincidencia. Estos son algunos:

  1. Historia judicial previa.

  2. Absentismo escolar.

  3. Grupo de iguales antisociales.

  4. Abuso de sustancias.

  5. Estilos parentales inconsistentes.

  6. Barrios con grave desventaja socioeconómica.

La mayoría de las teorías sobre las transgresiones juveniles, como el Modelo General Psicológico, Social y de la Personalidad de la Conducta Criminal, consideran que la delincuencia es una interacción dinámica y recíproca de estos factores individuales y contextuales.

Es decir, con estos factores de riesgo asociados, ante la situación concreta, los menores realizan una reflexión, un balance de costes y beneficios, que puede conducirles a decidir cometer o no el delito.

Factores protectores: los puntos de agarre

En segundo lugar, y de forma simultánea, se trataría de potenciar los factores protectores en el contexto del menor (familiar que apoya y protege, implicación en deporte, ocio estructurado, etc.) que evitarían o amortiguarían la aparición de factores de riesgo, y por lo tanto, las oportunidades facilitadoras que favorecen la comisión de nuevos delitos.

Otros factores naturales que suelen ayudar al abandono de la actividad delictiva son los llamados puntos de agarre o de retorno, que se refieren por ejemplo, al establecimiento de relaciones románticas o a un trabajo estable.

Estos hitos de la trayectoria vital suelen reforzar los lazos sociales del sujeto y, en consecuencia, su control social sobre las normas.

Tanto la reducción de factores de riesgo como la potenciación de factores protectores y de agarre requieren de un trabajo continuo, en red, de todos los implicados: familia, centros escolares, sanitarios, de ocio, ayuntamientos, políticas de gobierno nacionales, etc.

Invertir en el contexto natural del menor

Las intervenciones en el medio natural del menor infractor (frente al medio cerrado privativo de libertad) son aquellas con mayor éxito para frenar la reincidencia juvenil. Estas medidas favorecen que el menor pueda realizar una verdadera transferencia de los aprendizajes realizados.

Por lo tanto, se hace necesaria una mayor inversión en medidas educativas judiciales en medio abierto (libertad vigilada, prestaciones en beneficio a la comunidad, etc.), así como medidas educativas extrajudiciales, como la mediación entre víctima e infractor, que potencian la agencia personal del menor cuando empatiza con la víctima.

Romper el ciclo de la violencia

Por último, para prevenir la reincidencia juvenil también sería muy importante detectar de forma temprana el maltrato físico infantil, ya que se ha demostrado que predice la aparición de conductas transgresoras más adelante.

A través del aprendizaje por observación, los menores maltratados físicamente aprenden a imitar este comportamiento, en particular si perciben que esa violencia conlleva ciertas recompensas.

Aproximadamente un 30 % de los niños maltratados fueron acusados de delitos posteriormente en su adolescencia y presentaron una tasa de delincuencia del 10 % en comparación con niños no maltratados.

En muchas ocasiones, este aprendizaje negativo se transmite de padres a hijos, en lo que se ha llamado transmisión intergeneracional del maltrato, traspasando hasta tres generaciones. Por ello, es de vital importancia evitar que los menores víctimas se conviertan a largo plazo en menores agresores, y romper así el ciclo de la violencia.

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