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El principio de precaución es la nueva prueba diabólica

El principio de precaución ha sido invocado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia acerca del tratamiento normativo que ha de darse a los organismos que se obtengan mediante técnicas de edición genética como CRISPR. El Consejo de Europa define así el citado principio:

Cuando una evaluación pluridisciplinaria, contradictoria, independiente y transparente, realizada sobre la base de datos disponibles, no permite concluir con certeza sobre un cierto nivel de riesgo, entonces las medidas de gestión del riesgo deben ser tomadas sobre la base de una apreciación política que determine el nivel de protección buscado.

Añade alguna otra consideración, pero en ese párrafo está lo fundamental de lo que se entiende en la Unión Europea por principio de precaución.

Es una definición ambigua. De entrada, la expresión “cierto nivel de riesgo” -que puede tener consecuencias de muy largo alcance- no puede ser más indefinida. Dado que también señala que las medidas han de tomarse “sobre la base de una apreciación política”, en última instancia han de ser criterios de carácter político los que se utilicen a la hora de tomar las decisiones que corresponda.

Es evidente que así ha de ser, por supuesto. Es tan evidente que surge la duda de si era necesario enunciar todo un principio para concluir que las decisiones han de estar sometidas a criterios de naturaleza política.

La wikipedia en inglés ofrece más explicaciones sobre el principio de precaución. Señala que, ante la toma de una decisión en relación con una actividad, la carga de la prueba recae sobre quien la propone.

En el caso que nos ocupa, la entidad que propone cultivar una planta obtenida mediante edición genética ha de demostrar que su cultivo o consumo no causará daños. A esto recurren los movimientos ecologistas que se oponen a la aplicación de innovaciones tecnológicas como los transgénicos o las técnicas CRISPR.

No es posible demostrar que no hay una tetera orbitando la Tierra. Unsplash

No es posible demostrar que algo no ejerce un determinado efecto, sea el que sea. No se puede probar que una tecnología no causa daño, de la misma forma que no se puede demostrar que una tetera de porcelana no se encuentra orbitando el sol entre Marte y la Tierra.

Por esa razón, recurrir al principio de precaución en caso de controversia cuenta con ventaja. Así los activistas contrarios a transgénicos, telefonía móvil, wifi y nanotecnología transfieren la carga de la prueba a quien no corresponde.

La trampa de la minoría

Las verdades científicas son provisionales y siempre revisables. Esto puede entenderse como una debilidad, pero en realidad es una fortaleza: es así como avanza el conocimiento. Lo que se acepta o se rechaza en ciencia es el resultado de un consenso en el seno de la comunidad científica, basado en las pruebas disponibles.

No es extraño que, en relación con casi cualquier tema, haya unos pocos científicos que discrepan del consenso general. Ocurre con el calentamiento global y hasta con la moderna teoría de la evolución.

También puede ocurrir que un grupo minoritario de científicos sostenga que cierta tecnología es perjudicial para la salud o el medio ambiente. En tal caso, habría controversia.

En virtud del principio de precaución, la carga de la prueba recae sobre quienes defienden la implantación de la nueva tecnología. Pero estos no tienen ninguna posibilidad de sacar adelante su propuesta, pues los datos que aporten nunca serán considerados como prueba suficiente, dado que la postura del pequeño grupo de científicos que se opone siempre podrá ser utilizada como contraprueba.

Al final, no se aceptará la opinión de la mayoría a efectos probatorios.

En muchos casos ni siquiera se esgrimirán datos que han superado el tamiz de exigencia de las publicaciones reconocidas por la comunidad científica. Bastará con invocar estudios supuestamente científicos, elaborados por organizaciones de activistas, para que se argumente que no hay consenso científico y que no se ha podido probar que la tecnología sea inocua.

La civilización occidental desterró hace siglos la prueba diabólica de sus ordenamientos jurídicos. Hoy nadie entendería que un acusado tuviese que probar su inocencia: se acepta que es la acusación la que ha de probar la culpabilidad.

No se trata solo de que el acusado haya de contar con el beneficio de la duda. En muchos casos no es posible demostrar con pruebas su inocencia. Lo que ocurre con el principio de precaución obedece a una lógica similar a la de la prueba diabólica, solo que en este caso nunca es posible demostrar la inocuidad del producto. Sin embargo, pueden ser muy grandes los perjuicios que se deriven de exigir esa demostración.

Va siendo hora de que, sin dejar de lado criterios de la más elemental prudencia, las exigencias que se impongan al desarrollo de nuevas tecnologías se basen de forma más racional en el consenso científico. También que, a la hora de tomar las decisiones políticas pertinentes, se dejen de lado vetos de origen ideológico que ignoran las pruebas disponibles.


Este artículo está relacionado con otro del mismo autor publicado en esta plataforma.

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